NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (19/09/2020)
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TEXTO PAGINA: 3
3 NORMAS LEGALES Sábado 19 de setiembre de 2020 El Peruano / SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES RR. Nºs, 02063, 02091 y 02099-2020.- Autorizan a Mibanco, Banco de la Microempresa S.A., el cierre temporal de agencias y oficinas ubicadas en diversos departamentos 45 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Res. Nº 0442-2019-GRA-GR.- Reconforman el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional de Ancash 47 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Res. Nº 1011-2019-GRLL/GOB.- Modifican conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional La Libertad 48 Res. Nº 327-2020-GRLL/GOB.- Modifican artículo primero de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 1011-2019-GRLL/GOB, en extremo referido a miembro suplente del Presidente del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional de La Libertad 48GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Ordenanza Nº 436-2020-MDA.- Ordenanza que restringe el ingreso de personas al Malecón Ferreyros 49 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO D.A. Nº 006-2020-A/MDEA.- Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza N° 696-MDEA, que establece incentivos y flexibilidades tributarias para el pago de tributos municipales y administrativos 50 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES R.A. Nº 083-2020/MDSMP .- Aprueban Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres 51 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 31042 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA CREACIÓN DEL DISTRITO DE SANGANI Artículo Único. Declaración de interés nacional Declárase de interés nacional y necesidad pública la creación del distrito de Sangani, en la provincia de Chanchamayo, departamento de Junín. POR TANTO:Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día dieciocho de junio de dos mil veinte, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los diecisiete días del mes de setiembre de dos mil veinte. MANUEL MERINO DE LAMA Presidente del Congreso de la República LUIS ALBERTO VALDEZ FARÍAS Primer Vicepresidente del Congreso de la República 1886316-1PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan representante titular del INDECOPI ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor y ratifican designación de representante alterna RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 264-2020-PCM Lima, 18 de septiembre de 2020VISTO:El O fi cio Nº 000272-2020-PRE/INDECOPI de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 133 de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, establece que el Consejo Nacional de Protección del Consumidor es un órgano de coordinación en el ámbito de la Presidencia del Consejo de Ministros, y es presidido por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor y de ente rector del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor; Que, el artículo 2 del Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección al Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2011-PCM, dispone que para ser integrante del Consejo Nacional de Protección del Consumidor se requiere tener el pleno ejercicio de los derechos civiles;