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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (06/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Martes 6 de abril de 2021 El Peruano / Que, mediante Informe Nº 190-2021-GAJ-MDSMP la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable para que se deje sin efecto el Decreto de Alcaldía Nº 003-2020-MDSMP de fecha 17 de febrero del 2020, que convocó el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de San Martín de Porres para el periodo del 02 de mayo del 2020 al 01 de mayo del 2022, y el Decreto de Alcaldía Nº 008-2020-MDSMP de fecha 25 de junio del 2020, que suspendió el mencionado proceso; en razón de que esta situación de incertidumbre que sufre el país, hace suponer que no habría una fecha cierta para la fi nalización del Estado de Emergencia Nacional, razón por la cual no se podría establecer un cronograma de actividades acorde con lo dispuesto en el Artículo 11º del Reglamento para la Elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital aprobado mediante la Ordenanza Nº 396-MDSMP, como tampoco se puede mantener en suspenso un proceso electoral que fue convocado hace más de un año atrás, por lo que resulta necesario de fi nir la situación legal de este proceso por la pandemia del COVID-19, sin transgredir las normas reglamentarias; Estando a todas las consideraciones antes expuestas y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de las Gerencias de Participación Ciudadana, Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal; y conforme a la Ordenanza Nº 502-MDSMP que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; SE DECRETA;Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO, el Decreto de Alcaldía Nº 003-2020-MDSMP, de fecha 17 de febrero del 2020, que convocó el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de San Martín de Porres para el periodo del 02 de mayo del 2020 al 01 de mayo del 2022; y el Decreto de Alcaldía Nº 008-2020-MDSMP, de fecha 25 de junio del 2020, que suspendió el mencionado proceso, por el Estado de Emergencia Nacional, decretado por el Gobierno Nacional; Artículo Segundo.- EXTENDER de manera extraordinaria y de forma provisional mediante Resolución de Alcaldía, por las circunstancias de fuerza mayor que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19, el mandato de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital reconocidos mediante la Resolución de Alcaldía Nº 140-2018-MDSMP de fecha 28 de febrero del 2018, hasta la celebración de las próximas elecciones conforme a la normativa vigente, cuando culmine el Estado de Emergencia Sanitaria; Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Ciudadana, elabore el cronograma del Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de San Martín de Porres, conforme lo establece el artículo 11º del Reglamento para la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, aprobado por la Ordenanza Nº 396-MDSMP, cuando culmine el Estado de Emergencia Sanitaria y se pueda garantizar la salud y transparencia electoral que establece la Ley; Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia, al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General y a la Sub Gerencia de Logística y Gestión Patrimonial, la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; asimismo a la Subgerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística, la publicación en la página web de la municipalidad: www.mdsmp.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG Alcalde 1940685-1PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Ordenanza Municipal que aprueba el Plan de Acción de Seguridad Ciudadana CLR 2021 ORDENANZA MUNICIPAL N° 006-2021-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 31 de marzo del 2021EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO. VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo N° 006-2021 de fecha 31 de marzo del 2021, Informe N° 007-2021-ST-CODISEC/MDCLR de fecha 22 de marzo del 2021 e Informe N° 098-2021-GAJ/MDCLR de fecha 24 de marzo del 2021, emitido por el Gerente de Seguridad Ciudadana y Gerente de Asesoría Jurídica, sobre “Aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana CLR 2021”, y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 28607 “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que (…) las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”. Que, mediante Ley N° 27933, Ley de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y sus modi fi catorias, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en adelante SINASEC, encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana para garantizar la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional para lograr una situación de paz social y protección del libre ejercicio de los derechos y libertades, en el marco de lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; asimismo, el literal d) del artículo 4° del citado cuerpo legal, señala que son instancias integrantes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana. Que, el artículo 26° del Reglamento de la Ley N° 27933, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014-IN, establece que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; precisando que articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital. Que, a través del Decreto Supremo N° 013-2019- IN, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, en adelante PNSC 2019-2023, se aprobó el mencionado documento de gestión, el que constituye el principal instrumento del Estado Peruano para fortalecer la seguridad de la población frente a un conjunto de delitos en el territorio nacional y que incluye medidas que coadyuvarán a reforzar el orden, la paz y la seguridad en el país. Al respecto, el Artículo 47° de la norma acotada establece que (…) Las Secretarías Técnicas de los Comités son las responsables de formular y presentar las propuestas de planes de acción de seguridad