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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (06/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Martes 6 de abril de 2021 El Peruano / reglamentarias necesarias para la correcta aplicación de la norma. Que, mediante el Informe N° 111-2021-SGRRyEC- GAT/MDCLR la Subgerencia de Registro Recaudación y Ejecución Coactiva, opina la procedencia de prorrogar hasta el 30 de abril de 2021, el vencimiento de pago de la primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales de los periodos enero, febrero, marzo y abril correspondientes al ejercicio Fiscal 2021, así como de las fechas de vencimiento de la aplicación de descuentos en Arbitrios Municipales por el pronto pago del impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2021, fi jadas para el día 31 de marzo de 2021, el mismo que fue rati fi cado por la Gerencia de Administración y Finanzas con Informe N° 020-2021-GAT/MDCLR . De igual forma, con Informe N° 101-2021-GAJ/MDCLR la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable correspondiente. Que, el numeral 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que una de las atribuciones del Alcalde, es la de dictar Decretos de Alcaldía. Asimismo, el artículo 42° de la ley acotada, re fi ere que (…) los Decretos de Alcaldía sirven para establecer normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal. Estando a lo expuesto y en uso a las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 30 de abril de 2021, las fechas de vencimiento establecidas para el pago Anual y de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales de los periodos enero, febrero, marzo y abril correspondiente al ejercicio fi scal 2021, aprobada mediante Ordenanza N° 003-2021-MDCLR y prorrogado por Decreto de Alcaldía N° 003-2021-MDCLR. Artículo Segundo. - PRORROGAR hasta el 30 de abril de 2021, las fechas de vencimiento establecidas para la aplicación de descuentos en arbitrios municipales del ejercicio 2021, por el Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2021 mediante la Ordenanza N° 003-2021-MDCLR y prorrogado por Decreto de Alcaldía N° 03-2021-MDCLR. Artículo Tercero. - ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Registro, Recaudación y Ejecución Coactiva, Subgerencia de Tecnología de la Información y la O fi cina de Imagen Institucional el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo Cuarto.- DISPONER a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación y difusión del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital Carmen de la Legua Reynoso www.municarmendelalegua.gob.pe., y encargar a la Secretaría General publicar el presente decreto de Alcaldía en el Diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.CARLOS ALFREDO COX PALOMINO Alcalde 1940462-2 Prorrogan plazos establecidos en la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza N° 004-2021-MDCLR, mediante la cual se otorga Beneficios Tributarios y Administrativos DECRETO DE ALCALDÍA N° 007-2021-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 31 de marzo del 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO; VISTO: El Informe N° 021-2021-GAT/MDCLR de fecha 25 de marzo del 2021 e Informe N° 102-2021-GAJ/MDCLR de fecha 29 de marzo del 2021, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en tal virtud, están facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y plani fi car el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 004-2021-MDCLR de fecha 04 de febrero del 2021, se otorga Bene fi cios Tributarios y Administrativo, en el Distrito de Carmen de la Legua-Reynoso el mismo que tiene vigencia hasta el 31 de marzo del 2021. Que en la Segunda Disposición Complementarias y Finales de la Ordenanza Municipal N° 004-2021-MDCLR, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente ordenanza; Que, mediante informe N° 021-2021-GAT/MDCLR, la Gerencia de Administración Tributaria, solicita se prorrogue la vigencia de la Ordenanza N° 004-2021-MDCLR, por un plazo de ciento veinte y dos (122) días, con la fi nalidad de seguir bene fi ciando la mayor cantidad de vecinos. Asimismo, con Informe N° 102-2021-GAJ-GM/MDCLR, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre el citado proyecto de decreto; Que, el numeral 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que una de las atribuciones del Alcalde, es la de dictar Decretos de Alcaldía. Asimismo, el artículo 42° de la ley acotada, refi ere que (…) los Decretos de Alcaldía sirven para establecer normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal. Estando a lo expuesto y en uso a las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se; DECRETA: Artículo Primero .- PRORROGAR los plazos establecidos en la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza N° 004-2021-MDCLR, hasta el 31 de Julio del 2021. Artículo Segundo. - ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Registro, Recaudación y Ejecución Coactiva, el cumplimiento de la presente Ordenanza; Artículo Tercero.- DISPONER a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación y difusión del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital Carmen de la Legua Reynoso www.municarmendelalegua.gob.pe., y encargar a la Secretaría General publicar el presente decreto de Alcaldía en el Diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.CARLOS ALFREDO COX PALOMINO Alcalde 1940462-3