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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (09/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Viernes 9 de abril de 2021 / El Peruano EmpresaMonto total (Soles) Electrosur 23 505,96 Emsemsa 3 578,46 Emseusac 4 944,40 Enel Distribución Perú 23 874,02 Luz del Sur 8 018,79 Seal 23 616,82 Sersa 4 027,60 TOTAL 972 367,07 Artículo 2.- Instrucción de orden de pago A efectos de los reembolsos de los gastos reconocidos en la presente resolución, la instrucción de orden de pago la realizará el Ministerio de Energía y Minas, conforme al artículo 9 de la Ley 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético. Artículo 3.- Publicación de la resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2021.aspx, conjuntamente con el Informe Técnico N° 214-2021-GRT y el Informe Legal N° 213-2021-GRT, que forman parte integrante de esta resolución. LUIS GRAJEDA PUELLES Gerente de Regulación de Tarifas 1941787-1 Modifican la liquidación final del programa de transferencias del Bono Electricidad, aprobada en el artículo 2 de la Resolución N° 005-2021-OS/GRT , y modifican su artículo 4 RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 026-2021-OS/GRT Lima, 7 de abril de 2021CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración interpuestos por las empresas Electrosur S.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. y Electro Oriente S.A., contra la Resolución N° 005-2021-OS/CD (“Resolución 005”) mediante la cual se aprobó entre otros, la liquidación fi nal del programa de transferencias del Bono Electricidad, se han expedido las Resoluciones N° 020-2021-OS/GRT, N° 023-2021-OS/GRT y N° 022-2021-OS/GRT (en adelante, “Resoluciones”), respectivamente; Que, en las Resoluciones, se ha dispuesto realizar las modi fi caciones que correspondan en la “Liquidación Final del Programa de Transferencias del Bono Electricidad”, las cuales se encuentran contenidas en la presente resolución; Que, por otro lado, considerando que de acuerdo con el artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 074-2020 y sus modi fi catorias, Osinergmin veri fi ca la información mensual presentada por las empresas distribuidoras de electricidad, aprueba el listado fi nal de bene fi ciarios, publica el programa de transferencias de los montos que le corresponde a cada distribuidora de electricidad y efectúa la liquidación fi nal del Bono Electricidad, se ha procedido a efectuar el análisis de o fi cio de la información presentada por la empresa Electronorte S.A. a través de su recurso de reconsideración declarado improcedente por extemporáneo mediante la Resolución N° 024-2021-OS/GRT, y la información presentada por Electro Tocache S.A. y Electro Dunas S.A.A. las cuales fueron presentadas mediante comunicaciones dirigidas al Regulador. La evaluación de la información proporcionada por dichos agentes, permitirá el reconocimiento de las transferencias que efectivamente correspondían a las empresas durante la aprobación de los programas de transferencias mensuales ya concluidos, y como consecuencia de ello, se podrá determinar con certeza los saldos de la Liquidación Final del Programa de Transferencias del Bono Electricidad, en cumplimiento del numeral 7 del artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 074-2020 y sus modi fi catorias; Que, las modi fi caciones producto de las Resoluciones, se detallan en los informes N° 195-2021-GRT, N° 212-2021-GRT y N° 211-2021-GRT, mediante los cuales se analizaron técnicamente los recursos de reconsideración de Electrosur S.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. y Electro Oriente S.A. presentados contra la Resolución 005, respectivamente. Asimismo, las modi fi caciones producto de la revisión de o fi cio realizada por el Regulador se analizaron técnicamente en el informe N° 215-2021-GRT, por lo que se cumple de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 074-2020 y sus modi fi catorias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la norma “Procedimiento de aplicación del mecanismo de subsidio Bono Electricidad en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia 074-2020”, aprobada por la Resolución N° 080-2020-OS/CD; en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo 010-2016-PCM; y en lo dispuesto en el TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus respectivas normas modi fi catorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car la liquidación fi nal del programa de transferencias del Bono Electricidad, aprobada en el artículo 2 de la Resolución N° 005-2021-OS/GRT, de acuerdo al siguiente detalle: N° Empresa Monto de Liquidación Final Soles 1 Acciona Microenergia Perú 38 279 2 Adinelsa 466 148 3 Coelvisac 15 777 4 Edelsa 12 670 5 Egepsa 18 383 6 Eilhicha 45 532 7 Electro Dunas 1 093 782 8 Electro Oriente 6 111 547 9 Electro Pangoa 11 122 10 Electro Puno 3 653 430 11 Electro Sur Este 3 585 542 12 Electro Tocache 294 254 13 Electro Ucayali 793 774 14 Electrocentro 4 625 272 15 Electronoroeste 2 009 923 16 Electronorte 4 913 892 17 Electrosur 3 188 122 18 Emsemsa 35 726 19 Emseusac 55 630 20 Enel Distribución Perú 1 960 643 21 Entelin 37 64522 Ergon 10 495 368 23 Esempat 11 530