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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (09/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Viernes 9 de abril de 2021 / El Peruano Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por mayoría, con los votos de los señores y señora Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More y Álvarez Trujillo, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro de Necesidades Institucionales de Servidores Civiles que serán contratados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios -RECAS- del Decreto Legislativo Nº 1057, con el fi n de permitir que el Poder Judicial pueda continuar brindando adecuadamente los servicios de justicia, que son esenciales, en el marco de lo establecido por la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 034-2021, el que asciende a 2,673 posiciones CAS vacantes que corresponden a 1,752 posiciones CAS para el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales y administrativos del país determinados por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, y 921 posiciones CAS para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal en las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Lima Sur, de las acciones vinculadas a la reducción de la violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar en las Cortes Superiores de Cusco, Lima Norte y Junín; y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en las Cortes Superiores de Amazonas, Madre de Dios y San Martín, el mismo que está contenido en detalle el Anexo I de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Corte Suprema de Justicia de la República, la Gerencia General, las Cortes Superiores de Justicia, la Procuraduría Pública del Poder Judicial; así como los órganos competentes responsables de la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Reducción de Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar; y la Nueva Ley Procesal del Trabajo, establezcan el detalle de las posiciones CAS del Cuadro de Necesidades Institucionales de Servidores Civiles que serán contratados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios -RECAS- del Decreto Legislativo Nº 1057, a través de una resolución, conforme a la información remitida a la Gerencia de Recursos Humanos como respuesta al O fi cio Circular Nº 000015-2021-GRHB-GG/PJ de fecha 19 de marzo de 2021. Artículo Tercero.- Disponer que los órganos de la Gerencia General y las Cortes Superiores de Justicia que tienen a su cargo la gestión de recursos humanos, realicen las acciones administrativas y brinden el apoyo técnico necesario para la adecuada implementación de lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 034-2021. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar; y a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, para su conocimiento, cumplimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta El voto discordante de la señora Consejera Mercedes Pareja Centeno, es como sigue: VOTO DISCORDANTE DE LA SEÑORA CONSEJERA MERCEDES PAREJA CENTENO Con el debido respeto al criterio de los señores Consejeros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial del Perú, la Consejera Mercedes Pareja Centeno procede a emitir el presente VOTO DISCORDANTE; en los siguientes términos: I. ANTECEDENTES:La Ley Nº31131. Ley que establece disposiciones para erradicar la Discriminación en los Regímenes Laborales del Sector Público dispuso trasladar progresivamente a los servidores civiles vinculados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios (RECAS) a los regímenes regulados por los Decretos Legislativos Nos 276 y 728, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la mencionada norma. Luego, mediante Decreto de Urgencia Nº 034-2021 del 31 de marzo de 2021, se establecieron medidas para el otorgamiento de la “Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la pandemia del coronavirus COVID-19” y del “Subsidio por Incapacidad Temporal para pacientes diagnosticados con COVID-19”, así como otras medidas complementarias para mitigar los efectos económicos y sociales causados por la crisis sanitaria global; y, en su Segunda Disposición Complementaria Final, autoriza a las entidades de la Administración Pública comprendidas en el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, de manera excepcional, a contratar servidores civiles en dicho régimen hasta el 17 de mayo de 2021, con una vigencia de hasta el 31 de diciembre de 2021, término en el cual concluyen dichos contratos de pleno derecho y son nulos los actos en contrario que conlleven a sus ampliaciones. Mediante O fi cio Nº 00598-2021-GG-PJ del 6 de abril de 2021 emitido por la Gerencia General, eleva a Consejo Ejecutivo el Informe Técnico Nº 000013-2021-GRHB-GG-PJ del 05 de abril de 2021 emitido por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar y el Memorando Nº 000327-2021-GP-GG-PJ del 6 de abril de 2021 emitido por la Gerencia de Plani fi cación, por el cual remite proyecto de resolución relacionado a la aprobación del Cuadro de Necesidades Institucionales de Servidores Civiles que serán contratados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios -RECAS- del Decreto Legislativo Nº 1057, con el fi n de permitir que el Poder Judicial pueda continuar brindando adecuadamente los servicios de justicia, que son esenciales, en el marco de lo establecido por la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 034-2021 el que asciende a 2,673 posiciones CAS vacantes que corresponden a 1,752 posiciones CAS para el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales y administrativos del país determinados por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, y 921 posiciones CAS para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal en las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Lima Sur, de las acciones vinculadas a la reducción de la violencia contra la mujer en las Cortes Superiores de Cusco, Lima Norte y Junín y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en las Cortes Superiores de Amazonas, Madre de Dios y San Martín. Asimismo disponer que la Corte Suprema de Justicia, la Gerencia General, las Cortes Superiores de Justicia, la Procuraduría Pública del Poder Judicial, así como los órganos competentes responsables de la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Reducción de Violencia contra la Mujer y la Nueva Ley Procesal del Trabajo, establezcan el detalle de las posiciones CAS del Cuadro de Necesidades Institucionales de Servidores Civiles que serán contratados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios -RECAS- del Decreto Legislativo Nº 1057, conforme a la información remitida a la Gerencia de Recursos Humanos como respuesta al O fi cio Circular Nº 000015-2021-GRHB-GG/ PJ de fecha 19 de marzo de 2021. II. CONSIDERANDO:Primero: Sobre los aspectos formales que cumplir para la autorización de la determinación del Cuadro de Necesidades y Posiciones de personal bajo el régimen CAS de carácter de tránsito o permanente, para aplicar lo establecido en el D.U. Nº034-2021 1.1. El Informe Técnico Nº 000013-2021-GRHB- GG-PJ del 05 de abril de 2021 emitido por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar señala que a través del O fi cio Circular Nº 015-2021-GRHB-GG-PJ del 19 de marzo de 2021, solicitó a las Cortes Superiores de Justicia del país para que remitieran la necesidad de cada una de las dependencias para posiciones CAS, distinguiendo aquella de carácter transitorio y permanente. 1.2. En el mencionado documento, con la información remitida por la Cortes Superiores de Justicia y sistematizada el Cuadro de Necesidad y Posiciones