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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (12/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Jueves 12 de agosto de 2021 El Peruano / VISTO: El Expediente Nº 65396121, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en la “Ampliación Nº1 y Ampliación Nº2 del Sistema Eléctrico Rural Fotovoltaico San Marcos” (en adelante, el PROYECTO), presentada por la empresa ACCIONA MICROENERGÍA PERÚ (en adelante, AMP) y el Informe Nº 352-2021-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta AMP 210120-0002 con Registro Nº 3115467, de fecha 21 de enero de 2021, AMP solicita la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el PROYECTO, ubicado en los distritos de José Sabogal, Gregorio Pita, Pedro Gálvez, Chancay, San Marcos y Oxamarca, provincias de San Marcos y Celendín, departamento de Cajamarca; lo que permitirá el acceso al servicio básico de electricidad a 654 viviendas distribuidas en 48 localidades, cuyas coordenadas UTM WGS84 figuran en el Expediente; Que, AMP ha presentado copia de la Resolución Directoral Regional Sectorial Nº D000121-2020-GRC-DREM, de fecha 16 de noviembre de 2020, mediante la cual la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Cajamarca aprueba la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) correspondiente al PROYECTO, así como el otorgamiento de Cali fi cación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobado mediante las Resoluciones Directorales Nº 297-2015-MEM/DGE y Nº 164-2019-MINEM/DGE, de fechas 19 de noviembre de 2015 y 23 de diciembre de 2019, respectivamente, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, y el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM, respectivamente; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, concordado con los artículos 48, 51, 52 y 53 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, ha emitido el Informe Nº 352-2021-MINEM/DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a favor de ACCIONA MICROENERGÍA PERÚ, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el “Ampliación Nº1 y Ampliación Nº2 del Sistema Eléctrico Rural Fotovoltaico San Marcos”, ubicado en los distritos de José Sabogal, Gregorio Pita, Pedro Gálvez, Chancay, San Marcos y Oxamarca, provincias de San Marcos y Celendín, departamento de Cajamarca; lo que permitirá el acceso al servicio básico de electricidad a 654 viviendas distribuidas en 48 localidades, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las coordenadas donde se ubican referencialmente los sistemas fotovoltaicos domiciliarios o usuarios, que obran en el expediente en conformidad con la cantidad indicada en el cuadro siguiente:ItemProvincias Distritos LocalidadNº de Usuarios Ampliación 01 (SERF San Marcos) 1 San Marcos Chancay Chancay Cercado 202 San Marcos Chancay Chuquipuquio 4 3 San Marcos Chancay Curshqui 7 4 San Marcos Chancay Pencapampa 485 San Marcos Gregorio Pita Bella Unión 166 San Marcos Gregorio Pita Carbón Alto 187 San Marcos Gregorio Pita Las Ocas 6 8 San Marcos Gregorio Pita Las Pajas 3 9 San Marcos Gregorio Pita Muyoc 1 10 San Marcos Gregorio Pita Nueva Esperanza 3 11 San Marcos Gregorio Pita Santa Cruz 2 12 San Marcos Gregorio Pita Ulluypampa 1713 San Marcos Gregorio Pita Nuevo Manzanilla 34 14 San Marcos José Sabogal Agua Blanca 13 15 San Marcos José Sabogal Aguas Verdes 216 San Marcos José Sabogal Alisopata 817 San Marcos José Sabogal Atumpata 5418 San Marcos José Sabogal Casa Blanca 11 19 San Marcos José Sabogal Huagal 10 20 San Marcos José Sabogal La Florida 1821 San Marcos José Sabogal La Merced 1222 San Marcos José Sabogal Nuevo Jerusalén 16 23 San Marcos José SabogalNuevo San José de la Ramada19 24 San Marcos José Sabogal Nuevo San Pedro 3 25 San Marcos José Sabogal Nuevo Santa Rosa 126 San Marcos José Sabogal San José de la Laguna 1627 San Marcos José Sabogal Santa Rosa de Malat 2128 San Marcos José Sabogal Venecia 7 29 San Marcos Pedro Gálvez Huayanay 1 30 San Marcos Pedro Gálvez Shitamalca 6 SUB TOTAL Amp Nº 01 397 Ampliación 02 (SERF San Marcos) 1 San Marcos José Sabogal Carhuaconga 25 2 San Marcos José Sabogal El Cardón 21 3 San Marcos José Sabogal El In fi ernillo 8 4 San Marcos José Sabogal Nuevo San Juan 505 San Marcos José Sabogal Pampas Verdes 126 San Marcos José Sabogal Pampa Alegre 187 San Marcos José Sabogal Ventanillas-José Sabogal 8 8 San Marcos José Sabogal Aushuconga 12 9 San Marcos José Sabogal Coriorco 13 10 San Marcos José Sabogal El Hollero 1 11 San Marcos José Sabogal El Hornambo 3 12 San Marcos José Sabogal Jelic 25 13 San Marcos José Sabogal La Greda 9 14 San Marcos José Sabogal La Shita 2215 San Marcos José Sabogal Los Ángeles 916 San Marcos José Sabogal Santa Ana 117 San Marcos José Sabogal Unión Nuevo San Miguel 11 18 San Marcos José Sabogal Villa El Salvador 9 SUB TOTAL AMP. Nº 2 257 TOTAL (Amp Nº 1 +AMP Nº 2) 654 Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 151-2021 a suscribirse con ACCIONA MICROENERGÍA PERÚ, el que consta de 18 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 151-2021 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública que dé origen la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 151-2021, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en