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28 NORMAS LEGALES Martes 17 de agosto de 2021 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley Nº 30305, Ley de reforma de los artículos 191, 194 y 203 de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes, señala que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)”; Que, la Municipalidad Provincial del Cusco es un Órgano de Gobierno Local emanado de la voluntad popular con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y de conformidad con lo establecido en los artículos I y X del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades, siendo elementos esenciales del Gobierno Local, el territorio, la población y la organización, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento económico y la Justicia Social; Que, el señor Víctor Villacrez, en su condición de President of Mundo Esperanza / Founder of Madison Cusco Alliance, entidad representativa de la ciudad de Madison, Wisconsin, Estados Unidos, envió el 16 de junio de 2021, una invitación para viajar a esa ciudad al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, Víctor Germán Boluarte Medina entre los días 3 y 4 de julio de 2021, para participar en reuniones de trabajo con representantes de Mundo Esperanza, Madison Cusco Alliance, Cámara de Comercio Latinao, Universidad de Madison, Wisconsin, Estados Unidos, así como de sectores profesionales, empresariales y otros; Que, los gastos de alojamiento, traslado y pasajes entre la ciudad de Lima a Madison y viceversa, del Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, serán cubiertos por la entidad invitante; Que, en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 28 de junio de 2021, se dio cuenta en la sección Despacho de la invitación al señor Alcalde de la ciudad, a la ciudad de Madison, Wisconsin, Estados Unidos; asimismo, se debatió y posteriormente se aprobó la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco y se autorizó el viaje del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, Víctor Germán Boluarte Medina entre los días 3 y 4 de julio de 2021; Que, el artículo 9 inciso 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, precisa “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario.”; Que, asimismo el artículo 39 de la indicada Ley Nº 27972, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41 de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos especí fi cos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; POR TANTO, estando a lo establecido por el Artículo 41 de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. ACORDÓ:Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje del señor, Víctor Germán Boluarte Medina Alcalde del Cusco en representación de la Municipalidad Provincial del Cusco entre los días 2 y 7 de julio de 2021, a la ciudad de Madison, Wisconsin, Estados Unidos; por invitación del señor Víctor Villacrez, President of Mundo Esperanza / Founder of Madison Cusco Alliance. Artículo Segundo.- PRECISAR, que los boletos aéreos nacionales e internacionales, y los costos de viaje –alojamiento y transporte– del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, Víctor Germán Boluarte Medina a la ciudad de Madison, Wisconsin, Estados Unidos, correrán por cuenta de la entidad invitante. Artículo Tercero.- DISPONER, a Gerencia Municipal, a la O fi cina General de Administración y demás instancias administrativas tomen las medidas que correspondan, para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo Cuarto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058-04-MC, de fecha 14 de junio de 2004, que el señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, Víctor Germán Boluarte Medina, deberá emitir un informe en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR G. BOLUARTE MEDINA Alcalde 1982294-1