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25 NORMAS LEGALES Martes 17 de agosto de 2021 El Peruano / del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. En tal sentido, revisadas las hojas de vida de los señores Walter Alfredo Lomparte Sánchez, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia del Santa; y Robin Helbert Barreda Rojas, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, resulta pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, para el óptimo funcionamiento de la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. Sétimo. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 932-2021 de la cuadragésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 27 de julio de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la rotación de la señora Rosa Inés Saavedra Balarezo De Vélez, Jueza Superior titular que integra la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, a la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, que en adición de funciones conocerá los procesos tramitados con el Código de Procedimientos Penales de 1940 de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. Artículo Segundo.- Designar a los señores Walter Alfredo Lomparte Sánchez, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Santa; y Robin Helbert Barreda Rojas, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, como integrantes de la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. Artículo Tercero.- Disponer que las designaciones efectuadas no afectarán los procesos jurisdiccionales penales a cargo del juez rotado o designado; por lo que tendrá que intervenir en los casos que la ley procesal lo dispone de manera imperativa, para evitar el quiebre de juicios orales o frustrar la conclusión de los requerimientos y solicitudes que se encuentran a la fecha en trámite avanzado. El incumplimiento de la mencionada disposición genera responsabilidad disciplinaria. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del Santa, Ucayali y Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1982632-5Amplían la competencia territorial del Primer, Segundo, Tercer, Cuarto y Quinto Juzgados de Familia de San Juan de Lurigancho, Distrito Judicial de Lima Este, para tramitar procesos de la especialidad de Familia del Distrito de El Agustino Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000252-2021-CE-PJ Lima, 14 de agosto del 2021VISTO:El O fi cio Nº 000112-2021-CR-PPRFAMILIA-PJ cursado por la doctora Mercedes Pareja Centeno, Consejera Responsable del Programa Presupuestal Nº 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, respecto a las solicitudes de los Juzgados de Familia del Distrito Judicial de Lima Este, sobre la competencia del Distrito del El Agustino en dicha especialidad. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 316-2019-CE-PJ, se amplió la competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Lima Este, con excepción del Distrito de San Juan de Lurigancho, del Primer Juzgado de Familia de Lima Este (Ex 1º Juzgado de Familia de Ate), Segundo Juzgado de Familia de Lima Este (Ex 2º Juzgado de Familia de Ate), Tercer Juzgado de Familia de Lima Este (Ex 3º Juzgado de Familia de Ate); y Cuarto Juzgado de Familia de Lima Este (Ex Juzgado de Familia de La Molina y Cieneguilla). Segundo. Que, en mérito a dicha ampliación de competencia, los magistrados/as del Primer, Segundo, Tercer y Cuarto Juzgados de Familia de Lima Este solicitaron que se remita al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial una propuesta y/o proyecto de modi fi cación/aclaración respecto a la competencia en materia de Familia sobre el Distrito de El Agustino, para que ésta corresponda exclusivamente a los Juzgados de Familia de San Juan de Lurigancho, por razones de carga procesal, geográ fi cas y de mayor bene fi cio al usuario en la atención de procesos de familia. Tercero. Que, en esa misma línea, los magistrados/ as del Primer, Segundo, Tercer, Cuarto, Quinto y Sexto Juzgados de Familia de San Juan de Lurigancho, solicitaron se tramite ante la instancia correspondiente la ampliación de competencia de los Juzgados de Familia de San Juan de Lurigancho para conocer asuntos de Familia del Distrito de El Agustino, a fi n de lograr el cumplimiento de las metas de producción, para ello fundamentan que sus despachos se encuentran geográ fi camente más cercanos al Distrito de El Agustino, y por razones de carga procesal. Cuarto. Que, por su parte, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima Este remitió el Informe Nº 000006-2020-EST-UPD-GAD-CSJLE-PJ, concluyendo que en los Juzgados de Familia de Lima Este se demostró un crecimiento en cuanto a carga procesal, mientras que los ingresos reales que vienen registrando los Juzgados de Familia de San Juan de Lurigancho, no sería el óptimo para alcanzar la meta estándar anual; con lo cual se genera la necesidad de que estos últimos adquieran mayores ingresos mediante la ampliación de competencia territorial en el Distrito de El Agustino, que es más cercano y con el cual comparten un mismo órgano de elevación, que es la Sala Civil Permanente de San Juan de Lurigancho. Quinto. Que, en ese contexto, la Consejera Responsable del Programa Presupuestal Nº 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, respecto a las solicitudes de los Juzgados de Familia del Distrito Judicial de Lima Este, sobre la competencia del Distrito del El Agustino en dicha especialidad, remite a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 000042-2021-RT-PPRFAMILIA-PJ, elaborado por el Responsable Técnico del mencionado programa, por el cual estando a las