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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (17/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Martes 17 de agosto de 2021 El Peruano / ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Aceptan pedido de rectificación solicitado por la Universidad de Lima en relación con la denominación del grado académico del programa de estudio de doctorado en “Gestión Estratégica” RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 085-2021-SUNEDU/CD Lima, 16 de agosto de 2021 VISTOS:La Resolución del Consejo Directivo N° 027-2016-SUNEDU/CD del 11 de julio de 2016 1, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad de Lima (en adelante, la Universidad), la Carta N° 090-2020-OAL 2 presentada por la Universidad; y, el Informe N° 0800-2021-SUNEDU-02-12 del 10 de agosto de 2021, de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic). CONSIDERANDO:1. AntecedentesEl numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria) establece como función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitario bajo su competencia. El 12 de julio de 2016 se publicó en el diario o fi cial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo N° 027-2016-SUNEDU/CD del 11 de julio de 2016, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad para ofrecer el servicio educativo superior universitario. El 11 de septiembre de 2020, mediante Carta N° 090-2020-OAL, la Universidad solicitó la recti fi cación de error material incurrido en la denominación del grado académico del programa de estudio de doctorado en “Gestión Estratégica”, consignado en la Resolución del Consejo Directivo N° 027-2016-SUNEDU/CD. Mediante Informe N° 0800-2021-SUNEDU-02-12 del 10 de agosto de 2021, la Dilic informó al Consejo Directivo sobre la pertinencia de recti fi cación del Anexo N° 1 “Nueva oferta académica” de la Resolución del Consejo Directivo N° 027-2016-SUNEDU/CD.2. Sobre la recti fi cación del error material incurrido en la denominación del grado académico del programa de estudio listado en el número 4 en el “ANEXO N° 1 Nueva oferta académica” de la Resolución del Consejo Directivo N° 027-2016-SUNEDU/CD El artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 3, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), regula lo relacionado a los errores materiales; indicando que pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Para tal efecto, la recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. En el marco del procedimiento de licenciamiento institucional, la Universidad presentó los siguientes medios de veri fi cación, respecto al programa de estudio de doctorado en “Gestión Estratégica”: i) Formatos de licenciamiento A4 y A5 4; ii) Plan de estudios5; y, iii) O fi cio N° 509/2014.SG6 del 4 de diciembre de 20147, mediante el cual, la Secretaria General de la Universidad remitió la transcripción de la Resolución Rectoral N° 318/2014 del 3 de diciembre de 2014, que aprobó el proyecto de creación del programa de estudio, el plan de estudio y los grados académicos a ser optados por los alumnos del programa, según la línea de investigación en la que se desarrolle la tesis. En la referida Resolución Rectoral se consignó que la denominación de los grados académicos del programa de estudio de doctorado en “Gestión Estratégica” son las siguientes: “ Doctor en Gestión Estratégica con mención en Innovación y Gestión en Educación Superior ”; “Doctor en Gestión Estratégica con Mención en Gestión Empresarial y Sostenibilidad ”; “Doctor en Gestión Estratégica con Mención en Economía Aplicada y Finanzas ”; y “Doctor en Gestión Estratégica con mención en Ciencias, Ingeniería y Tecnología ”. Sin embargo, las citadas denominaciones no fueron consignadas en la Resolución de Consejo Directivo N° 027-2016-SUNEDU/CD que otorgó el licenciamiento institucional a la Universidad. Asimismo, con posterioridad a la emisión de la Resolución del Consejo Directivo N° 027-2016-SUNEDU/CD, mediante Carta N° 090-2020-OAL, la Universidad comunicó, entre otros, el error material incurrido, adjuntando los Formatos de Licenciamiento A4 y A5 actualizados y la Resolución Rectoral N° 318/2014 8; en donde se precisa la denominación de grado académico del programa de estudio con sus respectivas menciones; y, como consecuencia de ello, se veri fi có que la denominación del grado académico del programa de estudio de doctorado en “Gestión Estratégica”, contiene un error material. En ese sentido, en atención a la solicitud de recti fi cación efectuada por la Universidad, de la veri fi cación de la información proporcionada y de la revisión del expediente, corresponde efectuar la recti fi cación del error material incurrido en la denominación del grado académico del programa de estudio de doctorado listado en el número 4 en el ANEXO N° 1 “Nueva oferta académica” de la Resolución del Consejo Directivo N° 027-2016-SUNEDU/CD, conforme se detalla a continuación: Dice: (…) ANEXO N° 1 N° NUEVA OFERTA ACADÉMICA GRADO ACADÉMICO DENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICO (…) 4 DOCTORADO EN GESTIÓN ESTRATÉGICA DOCTOR DOCTOR EN GESTIÓN ESTRATÉGICA (…)