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21 NORMAS LEGALES Jueves 19 de agosto de 2021 El Peruano / del Reglamento de Organización y Funciones del Ositrán, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2015-PCM y modi fi catorias; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Ordinaria Nº 741-2021-CD- OSITRAN de fecha 11 de agosto de 2021; y sobre la base del Informe Nº 0202-2021-GAU-OSITRAN; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Aprobar el Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de los Usuarios del Tramo Vial Nuevo Mocupe- Zaña – Cayaltí – Oyotún presentado por Concesión Valle del Zaña S.A., en los términos señalados en el Informe Nº 0202-2021-GAU-OSITRAN. Artículo 2º .- Disponer la difusión de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ositrán ubicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe/ositran). Artículo 3º .- Disponer que la Gerencia de Atención al Usuario noti fi que la presente resolución, así como el Informe Nº 0202-2021-GAU-OSITRAN a Concesión Valle del Zaña S.A. Artículo 4º .- Disponer que la entidad prestadora Concesión Valle del Zaña S.A. difunda en su página web institucional su Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de los Usuarios del tramo vial Nuevo Mocupe – Zaña – Cayaltí - Oyotún, a partir del día siguiente de la fecha en la que el Ositrán haya efectuado la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidente del Consejo Directivo 1982909-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 061-2021 Lima, 18 de agosto de 2021Vistos; el Memorándum N° 00048-2021/DE, y el Memorándum N° 00320-2021/OA/PER; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público-Privadas y Proyectos en Activos, PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, mediante el Memorándum N° 48-2021/ DE, la Dirección Ejecutiva solicita la designación del señor Julio Alejandro Flores Salvatierra en el cargo de con fi anza de Asesor de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, cargo contenido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional, con el número 002, el mismo que se encuentra vacante, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo;De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por el Decreto Supremo N° 185-2017-EF y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos. SE RESUELVE:Artículo 1°.- Designar al señor Julio Alejandro Flores Salvatierra en el cargo de con fi anza de Asesor de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, cargo contenido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional, con el número 002. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN (www.proinversion.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL UGAZ VALLENAS Director Ejecutivo 1983360-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas correspondientes al mes de Julio de 2021 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 197-2021-INEI Lima, 18 de agosto de 2021CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción; Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 02-07-2021/DTIE, referido a los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción para las Áreas Geográ fi cas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de Julio de 2021 y que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción, por lo que resulta necesario expedir la Resolución Jefatural correspondiente, así como disponer su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, y; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis (6) Áreas Geográ fi cas correspondientes al mes de Julio de 2021, que se indican en el cuadro siguiente: