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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (20/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Viernes 20 de agosto de 2021 El Peruano / 5 144 860,00 (CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; teniendo en cuenta que los citados recursos, por su naturaleza y coyuntura, no han sido previstos en el presupuesto institucional del citado pliego para el presente Año Fiscal; De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 5 144 860,00 (CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), para fi nanciar la atención de la emergencia fi tosanitaria en todo el territorio nacional ante la presencia de la plaga “Fusarium Oxysporum f. sp. Cubense Raza 4 Tropical” , con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE2.0 Reserva de Contingencia 5 144 860,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 5 144 860,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 160 : Servicio Nacional de Sanidad Agraria- SENASA UNIDAD EJECUTORA 001 : Servicio Nacional de Sanidad Agraria- SENASA CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0040 : Mejora y mantenimiento de la Sanidad Vegetal PRODUCTO 3000525 : Productos agrícolas con cultivos protegidos de la introducción y dispesión de las plagas reglamentadas ACTIVIDAD 5001309 : Vigilancia fi tosanitaria preventiva de plagas no presentes FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 4 724 785,00 GASTO CAPITAL 2.6 Adquisición de Activo No Financieros 420 075,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 5 144 860,00 ============ Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1. El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil veintiuno. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas 1983908-2 Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Instituto Peruano del Deporte en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 DECRETO SUPREMO Nº 207-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 48 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza, durante el Año Fiscal 2021, al Ministerio de Educación para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 25 900 000,00 (VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor del Instituto Peruano del Deporte, para fi nanciar la participación de deportistas de alta competencia en los Juegos Olímpicos y Paraolímpicos de Tokio, entre otros; las cuales se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro de Educación, a propuesta de este último, exceptuándose al Ministerio de Educación de lo establecido en el artículo 49 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, mediante el O fi cio Nº 173-2021-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 2 312 663,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) a favor del Instituto Peruano del Deporte, para complementar el fi nanciamiento de la participación de deportistas de alta competencia en los Juegos Olímpicos y Paraolímpicos de Tokio; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 00975-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría