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12 NORMAS LEGALES Viernes 27 de agosto de 2021 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza, durante el Año Fiscal 2021, al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, entre otros, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), a fin de garantizar las transferencias de funciones dispuestas en la Ley N° 29968, Ley que crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), conforme al cronograma de transferencia de funciones aprobado mediante el Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM y su modificatoria; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro del sector respectivo, a propuesta de este último, y se financian con cargo al presupuesto institucional del citado Ministerio, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, mediante el Oficio N° 01171-2021-VIVIENDA/ SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, a favor del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), hasta por la suma de S/ 84 882,00 (OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) para financiar y garantizar el cumplimiento de las funciones de los subsectores Vivienda y Construcción asumidas por dicha entidad, en el marco de la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084; adjuntando, para dicho efecto, el Memorándum N° 873-2021-VIVIENDA/OGPP que remite el Informe N° 321-2021-VIVIENDA/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 84 882,00 (OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) a favor del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2021; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 84 882,00 (OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) a favor del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) para fi nanciar las funciones de los subsectores Vivienda y Construcción asumidas por dicha entidad, en el marco de lo establecido en la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2021, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y SaneamientoUNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales PRODUCTO 3999999 : Sin ProductoACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y PresupuestoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 84 882,00 --------------- TOTAL EGRESOS 84 882,00 ======== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 052 : Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental Para Las Inversiones Sostenibles - SENACEUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración - SENACEPROGRAMA PRESUPUESTAL 0144 : Conservación y Uso Sostenible de Ecosistemas para la Provisión de Servicios EcosistémicosPRODUCTO 3000808 : Entidades Supervisadas y Fiscalizadas en el Cumplimiento de los Compromisos y la Legislación AmbientalACTIVIDAD 5005939 : Implementación y Operación del Sistema de Certi fi cación Ambiental para los Instrumentos de Evaluación de Impacto Ambiental FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 84 882,00 -------------- TOTAL EGRESOS 84 882,00 ======== Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares del pliego habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil veintiuno. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1986099-1