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99 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de diciembre de 2021 El Peruano / concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el cual indica que la autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 y modi fi catorias establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, según el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF, la Municipalidad recauda, administra y fiscaliza el Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales, entre otros tributos municipales; Que, la Sub Gerencia de Recaudación, mediante Informe N° 159-2021-MDB-GATR/SGR, propone incentivar y/o premiar al vecino puntual en relación a los pagos de sus tributos municipales y luego de realizar el análisis a la base de datos de los contribuyentes, se cuenta con 6,622 debidamente registrados que no tienen deudas tributarias al 31 de octubre de 2021, por lo que se propone un Plan de Inventivo Tributario denominado “Campaña Navideña - Vecino Puntual 2021”, el cual se aprobará mediante una ordenanza municipal; Que, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a través del Memorándum N° 1325-2021-MDB-GATR, hace suyo el Informe N° 159-2021-MDB-GATR/SGR emitido por la Sub Gerencia de Recaudación, emitiendo opinión favorable en relación al proyecto de ordenanza planteado, que busca generar una mayor conciencia tributaria en los vecinos del distrito de Bellavista; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorando N° 1325-2021-MDB/GPP, señala que la ordenanza propuesta es viable al estar enmarcada dentro las políticas del presupuesto por resultado en referencia a la mejora de los niveles de recaudación y la gestión de tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y eficiencia en la percepción de los mismos al permitir incentivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias; señala también que servirá para apoyar el cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos Meta N° 02 Fortalecimiento de la Administración y Gestión del Impuesto Predial en el marco del Programa de Incentivos a la Gestión Municipal establecidos por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, a través del Informe Legal N° 157-2021-GAJ/MDB, es de opinión favorable para que mediante Ordenanza Municipal se apruebe el Plan de Incentivo Tributario de la Sub Gerencia de Recaudación “Campaña Navideña - Vecino Puntual 2021”; asimismo, se cuenta con el Dictamen N° 25-2021-MDB/SR-CAR de la Comisión de Administración y Rentas, que propone al Concejo Municipal Distrital de Bellavista su aprobación; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE INCENTIVO TRIBUTARIO DE LA SUB GERENCIA DE RECAUDACIÓN “CAMPAÑA NAVIDEÑA - VECINO PUNTUAL 2021” Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Incentivo Tributario de la Sub Gerencia de Recaudación “Campaña Navideña - Vecino Puntual 2021”, que consta de ocho (8) ítems, el cual se anexa a la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme al marco legal vigente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a través de las Subgerencia de Recaudación, el cumplimiento de la presente Ordenanza; y a todas las unidades orgánicas de la Municipalidad prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Segunda.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial El Peruano, a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Protocolo la respectiva difusión y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista (www.munibellavista.gob.pe). Tercera.- DERÓGUESE toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO Alcalde 2016515-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Ordenanza que aprueba procedimientos, servicios administrativos prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación y dispone su inclusión en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital Chancay ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2021-MDCH Chancay, 24 de agosto de 2021LA ALCALDESA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTOS: En Sesión Ordinaria del Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 0333-2021-MDCH/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 332-2021-MDCH/DAJ, de la Dirección de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 315-2021-MDCH/DPP, de la Dirección de Plani fi cación y Presupuesto, y el Informe Nº 2074-A-2021-MDCH-DAyF de la Dirección de Administración y Finanzas, referidos a la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú;