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7 NORMAS LEGALES Martes 7 de diciembre de 2021 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobar la contratación del estudio Squire Patton Boggs (UK) LLP, seleccionado por la Comisión Especial en el marco de la Ley Nº 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2. Autorizar al/a la Director/a General de la O fi cina General de Administración para que, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el contrato de prestación de servicios de asesoría jurídica con el estudio Squire Patton Boggs (UK) LLP. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas 2019149-1 EDUCACION Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 500-2021-MINEDU Lima, 2 de diciembre de 2021 VISTOS, el Expediente Nº OGA2021-INT-0180130; el Memorándum Nº 00626-2021-MINEDU/SG-OGA, de la O fi cina General de Administración; el Informe Nº 00053-2021-MINEDU/SG-OGA-OCCP, de la O fi cina de Contabilidad y Control Previo; el Memorándum Nº 00657-2021-MINEDU/SPE-OPEP, de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto; el Informe Nº 01711-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe Nº 01300-2021-MINEDU/SG-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante Resolución Ministerial Nº 556-2020-MINEDU, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 10 001 322 900,00 (DIEZ MIL UN MILLONES TRESCIENTOS VEINTIDÓS MIL NOVECIENTOS Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, señala que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el Diario O fi cial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 237- 2021-CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como, el impuesto general a las ventas, y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría, por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otras entidades, sujetas al Sistema Nacional de Control, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, con O fi cio Nº 000626-2021-CG/GAD, la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de Educación realizar una transferencia fi nanciera a su favor, hasta por la suma de S/ 904 579,00 (NOVECIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), que corresponde al 100% de la retribución económica, incluido el IGV, para fi nanciar la contratación de la Sociedad Auditora que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Educación, por el periodo auditado 2021; Que, con Memorándum Nº 00626-2021-MINEDU/ SG-OGA, la O fi cina General de Administración solicita a la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, que emita el informe previo favorable correspondiente y se gestione la emisión de una Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, a que se hace referencia en el considerando precedente; Que, a través del Informe Nº 01711-2021-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión favorable sobre la transferencia fi nanciera a efectuarse a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, modi fi cado por la Ley Nº 30742; asimismo, señala que la citada transferencia se atenderá con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 024: Ministerio de Educación – Sede Central, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 904 579,00 (NOVECIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar el 100% de la retribución económica, incluido el IGV, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Educación, por el periodo auditado 2021; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, que aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el IGV y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que se debe transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 024: Ministerio de Educación – Sede Central, hasta por la suma de S/ 904 579,00 (NOVECIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES),