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13 NORMAS LEGALES Martes 7 de diciembre de 2021 El Peruano / Directivo, y que el Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción puede disponer que un Comité Directivo tenga bajo su ámbito más de un CITE sobre la base de criterios de territorialidad o especialidad; Que, el artículo 19 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, prevé que el Comité Directivo de los CITE Públicos, es designado por Resolución Ministerial del Sector y está conformado, entre otros, por representantes del sector privado vinculado a la cadena productiva; Que, mediante el literal a) del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 558-2018-PRODUCE se designó como miembro del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic – CITE agroindustrial Chavimochic al señor Hermes Mario Escalante Añorga, como representante del sector privado vinculado a la cadena productiva; Que, a través del O fi cio Nº 000484-2021-ITP/DE, la Dirección Ejecutiva del ITP comunica al Ministerio de la Producción el Acuerdo Nº SO-015-013-2021-ITP/CD, según el cual el Consejo Directivo del ITP propone la designación del señor Iván Roberto Mesía Lizaraso como representante del sector privado vinculado a la cadena productiva, ante el Comité Directivo del CITEagroindustrial Chavimochic, debido al fallecimiento del señor Hermes Mario Escalante Añorga; Que, en este contexto, corresponde designar al señor Iván Roberto Mesía Lizaraso, como representante del sector privado vinculado a la cadena productiva, ante el Comité Directivo del CITEagroindustrial Chavimochic; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y modi fi catorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Iván Roberto Mesía Lizaraso, como integrante del Comité Directivo del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic – CITEagroindustrial Chavimochic, en representación del sector privado vinculado a la cadena productiva. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíqueseJORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2019151-1 Aprueban Normas Técnicas Peruanas en su versión 2021 sobre leche y productos lácteos, telas y otros RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 029-2021-INACAL/DN Lima, 2 de diciembre de 2021VISTO: El Informe N° 009-2021-INACAL/DN.PACONSIDERANDO: Que, el artículo 10 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que las competencias del INACAL, entre ellas, la Normalización, se sujetan a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el cual contempla en su Anexo 3 el Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, siendo que el literal J del citado Anexo establece que las instituciones con actividades de normalización elaboran programas de trabajo, entre otros documentos; Que, el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, y goza de autonomía técnica y funcional; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley N° 30224, establece que las Normas Técnicas Peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE; Que, la Dirección de Normalización, en ejercicio de sus funciones de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como elaborar y actualizar periódicamente los programas de normalización considerando la demanda del sector público y privado, establecidas en los literales d) y l) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, elaboró y aprobó el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas correspondientes al año 2021, a través de la Resolución Directoral N° 001-2021-INACAL/DN, el mismo que se encuentra publicado en el portal institucional del INACAL; Que, en el marco del citado programa fue emitido el Informe N° 009-2021-INACAL/DN.PA el cual señala que, luego de realizada la consulta pública, revisión y evaluación respectiva, de 30 Normas Técnicas Peruanas correspondientes a las materias de: a) Acuicultura, b) Fertilizantes y sus productos a fi nes, c) Frutas amazónicas y derivados, d) Leche y productos lácteos, e) Mejores prácticas logísticas, f) Textiles y confecciones; corresponde aprobarlas en su versión 2021 y dejar sin efecto las correspondientes versiones anteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas en su versión 2021: NTP 202.135:1998 (revisada el 2021) LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Leche evaporada. Preparación de la muestra. Determinación de ácido láctico, ceniza, plomo, grasa, nitrógeno, caseína, albúmina, lactosa, gelatina, preservantes, aditivos de color y sólidos totales. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 202.135:1998 (revisada el 2014) NTP 202.171:1998 (revisada el 2021) LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Leche cruda. Determinación de cloruros. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 202.171:1998 (revisada el 2014) NTP 202.172:1998 (revisada el 2021) LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Leche cruda. Determinación de cenizas y alcalinidad de cenizas. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 202.172:1998 (revisada el 2014) NTP 202.173:1998 (revisada el 2021) LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Numeración de células somáticas. Método del microscópico, método del contador de Coulter y método del fl uoro - opto - electrónico. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 202.173:1998 (revisada el 2014)