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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (14/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Martes 14 de diciembre de 2021 El Peruano / Social Energético (FISE) para desarrollar programas de acceso de GLP Automotriz en aquellas zonas que no cuenten con establecimientos de venta de GNV. Artículo 2.- Pago de obligaciones del Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles derivados del Petróleo 2.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 550 000 000,00 (QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios a favor del Ministerio de Energía y Minas, destinado a fi nanciar el pago de las obligaciones que tiene el FEPC, con los Productores e Importadores bajo su ámbito, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: (En Soles) SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 550 000 000,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 550 000 000,00 --------------------- A LA: (En Soles) SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 016 : Ministerio de Energía y MinasUNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Energía y Minas – CentralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5001262 : Transferencias al Fondo de Estabilización de Precios de los CombustiblesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 550 000 000,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 550 000 000,00 --------------------- 2.2. Autorízase, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2021, al Ministerio de Energía y Minas a realizar transferencias fi nancieras a favor del Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo (FEPC) con cargo a los recursos a los que se refi ere el numeral 2.1 del presente artículo y, sólo para los fi nes señalados en dicho numeral. Dichas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego Ministerio de Energía y Minas, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego y se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 3.- Transferencias de recursos para conversiones de vehículos 3.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios a favor del Ministerio de Energía y Minas, destinado a fi nanciar la transferencia a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE) para las conversiones de vehículos de GLP a Gas Natural Vehicular (GNV), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:DE LA: (En Soles) SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 200 000 000,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 200 000 000,00 --------------------- A LA: (En Soles)SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 016 : Ministerio de Energía y MinasUNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Energía y Minas – CentralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005713 : Transferencia a entidades FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 200 000 000,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 200 000 000,00 --------------------- 3.2 Autorízase, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2021, al Ministerio de Energía y Minas a realizar transferencias fi nancieras a favor de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE), en su condición de administrador del Sistema de Control de Carga de Gas Natural Vehicular (SCCGNV) conforme a lo previsto en la Resolución de Consejo Supervisor N° 001-2005-CS/GNV, de acuerdo a las disposiciones que apruebe el Consejo Supervisor a propuesta del Ministerio de Energía y Minas, con cargo a los recursos a los que se re fi ere el numeral 3.1 del presente artículo y, sólo para los fi nes señalados en dicho numeral. Dichas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego Ministerio de Energía y Minas, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego y se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 4.- Procedimiento para la aprobación institucional 4.1 El Titular del Pliego habilitado en las Transferencias de Partidas autorizadas en el numeral 2.1 del artículo 2 y el numeral 3.1 del artículo 3 de la presente norma, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente Decreto de Urgencia. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 4.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 4.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 5.- Limitación sobre el uso de los recursos5.1. Los titulares de las entidades que ejecutan los recursos son responsables de la adecuada