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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (14/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Martes 14 de diciembre de 2021 El Peruano / todas las solicitudes de acceso al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas se tramitan en virtud de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1423 y el Decreto Supremo N° 276-2018-EF; Que, con fecha 9 de setiembre de 2021, la empresa IAC PROYECTOS S.A.C., presenta ante PROINVERSIÓN la solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas para la ejecución del proyecto de inversión “HOTEL IAC MIRAFLORES”; Que, mediante Informe Técnico Legal N° 00049-2021/ DSI de fecha 16 de setiembre de 2021, PROINVERSIÓN declara la admisibilidad de la solicitud de acogimiento al Régimen citado al haber realizado la veri fi cación de los requisitos establecidos en el Decreto Legislativo N° 973; asimismo, a través del O fi cio N° 2587-2021-EF/13.01 de fecha 5 de noviembre de 2021, que adjunta el Informe N° 0052-2021-EF/61.03 de fecha 29 de octubre de 2021, el Ministerio de Economía y Finanzas remite la lista de servicios y contratos de construcción susceptibles de acogimiento al Régimen por parte de la empresa IAC PROYECTOS S.A.C., para el desarrollo del proyecto de inversión “HOTEL IAC MIRAFLORES”; Que, mediante el Informe Técnico N° 101-2021-DSI y el Informe Legal N° 0116-2021-DSI ambos de fecha 6 de octubre de 2021, PROINVERSIÓN ha concluido que la solicitud de acogimiento al Régimen presentada por la empresa IAC PROYECTOS S.A.C., cumple con los requisitos establecidos en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1423 y se encuentra adecuada a los requerimientos de dicho Decreto Legislativo; Que, por Informe N° 19-2021-MINCETUR/VMT/DGET/ DPDT/CSZ e Informe Legal N° 0101-2021-MINCETUR/VMT/DGET/DPDT-MCM, la Dirección de Productos y Destinos Turísticos de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, emite opinión técnica y legal y concluye que la solicitud de acogimiento al Régimen presentada por la empresa IAC PROYECTOS S.A.C. para el desarrollo del proyecto de inversión denominado “HOTEL IAC MIRAFLORES”, cumple con los requisitos establecidos en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1423; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y sus modi fi catorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF y sus modi fi catorias, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de empresa cali fi cada Aprobar como empresa cali fi cada, para efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y su modi fi catoria, a la empresa IAC PROYECTOS S.A.C. por el desarrollo del proyecto denominado “HOTEL IAC MIRAFLORES”. Artículo 2.- Monto de compromiso de inversión Establecer, que el monto de compromiso de la inversión a cargo de la empresa IAC PROYECTOS S.A.C., asciende a la suma de US $ 9´621 080.00 (Nueve Millones Seiscientos Veintiún Mil Ochenta y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) sin incluir el Impuesto General a las Ventas. Artículo 3.- Plazo de ejecución del compromiso de inversión y cronograma de ejecución de inversiones Establecer como plazo de ejecución del compromiso de inversión, dos (2) años, cinco (5) meses y veinte (20) días, contados el 9 de setiembre de 2021, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen presentada por la empresa IAC PROYECTOS S.A.C., hasta el 29 de febrero de 2024. Asimismo, de conformidad con el cronograma de ejecución de inversiones adjunto a la presente Resolución, la fecha de inicio del proyecto de inversión empieza el 9 de setiembre de 2021 y fecha de término el 29 de febrero de 2024 incluyendo el período de Marcha Blanca, con lo cual el proyecto se ejecutaría en un plazo de dos (2) años, cinco (5) meses y veinte (20) días. Artículo 4.- Período de las muestras, pruebas y ensayos El periodo de Marcha Blanca se extiende del 1 de enero de 2024 al 29 de febrero de 2024, y considera las muestras, pruebas y ensayos. Artículo 5.- Requisitos y características del proyecto. Para efectos del numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973 y modi fi catorias, el proyecto denominado “ HOTEL IAC MIRAFLORES ”, generará renta de tercera categoría, el compromiso de inversión para la ejecución de dicho proyecto es superior a monto mínimo de US $ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), sin incluir el Impuesto General a las Ventas; y, que tal proyecto cuenta con una etapa pre productiva mayor a dos (2) años. Artículo 6.- Cobertura del régimen El Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas – IGV a que se re fi ere el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 973 y modi fi catorias y normas reglamentarias aplicables, consiste en la devolución del IGV que grava las importaciones y/o adquisiciones locales de servicios y contratos de construcción, realizados en la etapa pre productiva, que se señala en el Anexo de la presente Resolución Ministerial; y siempre que se utilicen directamente en la ejecución del compromiso de inversión del proyecto denominado “ HOTEL IAC MIRAFLORES ”, durante el período señalado en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 7.- Aprobación de la lista de servicios y contratos de construcción y del cronograma de ejecución de inversiones Aprobar la lista de servicios y contratos de construcción a favor de la empresa IAC PROYECTOS S.A.C. , remitida por el Ministerio de Economía y Finanzas, y el cronograma de ejecución de inversiones que se adjuntan como Anexos de la presente Resolución Ministerial, para el acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas del Proyecto “ HOTEL IAC MIRAFLORES ”. Artículo 8.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ( www.gob. pe/mincetur ), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2020906-1 Autorizan viaje de funcionarios del Departamento de Gestión Expo Dubái de la Gerencia General de PROMPERÚ a Emiratos Árabes Unidos, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 221-2021-MINCETUR Lima, 13 de diciembre de 2021