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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2021 (01/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Viernes 1 de enero de 2021 El Peruano / una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el PIA y, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, para fi nalmente obtener el POI Anual; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0537-2018- JUS, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2019-2023 del Sector Justicia y Derechos Humanos; mediante Resolución Ministerial N° 0171-2020-JUS, se aprobó la ampliación del horizonte del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019-2023 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, mediante Resolución Ministerial N° 0173-2020-JUS, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante Ley N° 31084, se aprueba el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0328-2020- JUS se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N°013-2017-JUS, señala que la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, es el órgano de asesoramiento responsable de conducir y coordinar los sistemas administrativos de planeamiento estratégico, presupuesto público, inversión pública, modernización de la gestión pública, así como de los asuntos de cooperación técnica nacional e internacional, conforme a las normas legales vigentes; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal g) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, corresponde al Titular de la Entidad, aprobar las políticas, planes y programas propios de su función de Ministro de Estado, así como evaluar su ejecución; Con el visado de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, documento que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- El cumplimiento de la programación de las actividades consideradas en el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es de responsabilidad de los Directores, Jefes, de los Órganos y Unidades Orgánicas, y de los Coordinadores Ejecutivos, Directores Ejecutivos, Presidentes y/o Secretarios Técnicos de los Consejos, Comisiones y Programas del Ministerio. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realizar el seguimiento y la evaluación del cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 del Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) y en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 5.- Notifi car la presente Resolución, a todos los Órganos, Unidades Orgánicas, Consejos, Comisiones y Programas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1916661-2MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan miembros del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Cutervo, en representación del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 339-2020-MIMP Lima, 30 de diciembre de 2020Vistos, el Informe Técnico N° D000105-2020-MIMP- DIBP-SDB, Informe Técnico N° D000130-2020-MIMP-DIBP-SDB, la Nota N° D000399-2020-MIMP-DIBP y la Nota N° D000412-2020-MIMP-DIBP, de la Dirección de Bene fi cencias Públicas, la Nota N° D000428-2020- MIMP-DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, y la Nota N° D000477-2020-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, modi fi cado por Decreto de Urgencia N° 009-2020, establece con relación a la conformación del Directorio de las Sociedades de Bene fi cencia, que está integrado por cinco (5) miembros, entre otros, por dos personas designadas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, una de las cuales sustituye a el/la Presidente/a en caso de ausencia, siendo la referida designación formalizada a través de la respectiva resolución emitida por el/la titular de la Entidad; Que, se encuentran vacantes los cargos de miembros del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Cutervo, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, en atención a los documentos de vistos, corresponde designar al representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como uno de los miembros del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Cutervo, conforme al marco normativo vigente; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, modi fi cado por Decreto de Urgencia N° 009-2020; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora NORMA ONELIA OROZCO BERRU como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Cutervo, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1916727-1