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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2021 (01/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Viernes 1 de enero de 2021 / El Peruano Que, mediante Decreto Supremo N° 405-2020-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor de pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, cuya desagregación de recursos fue aprobada mediante Resolución Ministerial N° 0329-2020-JUS; Que, el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, re fi ere que el Plan Operativo Institucional se modi fi ca cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados con el mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Poder Ejecutivo o el Poder Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del Plan Estratégico Institucional; Que, el artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, señala que la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización es el órgano de asesoramiento responsable de conducir y coordinar los sistemas administrativos de planeamiento estratégico, presupuesto público, inversión pública, modernización de la gestión pública, así como de los asuntos de cooperación técnica nacional e internacional, conforme a las normas legales vigentes; Que, en este marco, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, ha elaborado el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modi fi cado Versión 3 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), el cual incorpora una actividad operativa con meta física y fi nanciera, correspondiente a la O fi cina General de Recursos Humanos de la Unidad Ejecutora 001-15: Ministerio de Justicia - O fi cina General de Administración; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal g) del artículo 9 del citado Reglamento de Organización y Funciones, corresponde al Titular de la Entidad aprobar las políticas, planes y programas propios de su función de Ministro de Estado, así como evaluar su ejecución; Con el visado de las O fi cinas Generales de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modi fi cado Versión 3 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), que modi fi ca la programación de las actividades operativas correspondientes a la O fi cina General de Recursos Humanos de la Unidad Ejecutora 001-15: Ministerio de Justicia - O fi cina General de Administración, conforme al Anexo B-5 adjunto a la presente Resolución. Artículo 2.- El cumplimiento de la programación de actividades consideradas en el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modi fi cado Versión 3 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), es de responsabilidad de los Directores y/o Jefes de los Órganos y Unidades Orgánicas del Ministerio. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realizar el seguimiento y la evaluación del cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modi fi cado Versión 3 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), aprobado mediante la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución conjuntamente con el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modi fi cado Versión 3 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) y en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe). Artículo 5.- Difundir la presente Resolución a todos los Órganos y Unidades Orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1916661-1 Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0336-2020-JUS Lima, 30 de diciembre de 2020VISTOS, el Informe N° 0418-2020-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 1014-2020-JUS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como función de los Ministerios, entre otros, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco de Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y, asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, conforme al numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, el cual se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088 se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, señala que la administración fi nanciera del Sector Público se encuentra vinculada con los planes y/o políticas nacionales, sectoriales e institucionales de corto, mediano y largo plazo; Que, la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 6.2 Elaboración y aprobación del POI de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad. Para ello,