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69 NORMAS LEGALES Viernes 1 de enero de 2021 El Peruano / ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Designan Gerenta General del OTASS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 071-2020-OTASS/DE Lima, 30 de diciembre de 2020 VISTO:El Informe Nº 000700-2020-OTASS-URH de la Unidad de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA que aprueba Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el ente rector; Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente General del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, resultando necesario designar al profesional que desempeñe el referido cargo; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con las facultades conferidas a la Dirección Ejecutiva en el literal k) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral Nº 010-2019-OTASS/DE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación Designar, a partir del 01 de enero de 2021, a la señora Magaly Virginia Villafuerte Falcón, en el cargo de Gerenta General del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento. Artículo 2.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese.HUGO MILKO ORTEGA POLAR Director Ejecutivo 1916489-1 SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Delegan facultades a diversos funcionarios del SENACE para el Año Fiscal 2021 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 00084-2020-SENACE/PE Lima, 30 de diciembre de 2020VISTOS: El Memorando N° 00149-2020-SENACE- GG de la Gerencia General;el Memorando N° 00093-2020-SENACE-GG/COM de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional;el Informe N° 00024-2020-SENACE-GG/OA de la O fi cina de Administración; el Memorando N° 00930-2020-SENACE-GG/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto e Informe N° 00103-2020-SENACE-GG-OPP/PRE de la Unidad de Programación y Presupuesto; y el Informe Nº 00196-2020-SENACE-GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29968, se crea el Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente; y, mediante Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM, se aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; Que, a través del Decreto Legislativo N° 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, se modi fi có la Ley N° 29968, en cuanto a la estructura orgánica del Senace, estableciendo en el literal 7.3 del artículo 7 que el Presidente Ejecutivo ejerce la representación legal del Senace y la titularidad del pliego presupuestal de la entidad; Que, el inciso 76.1 del artículo 76 y 77 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala, que el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación, según lo previsto en esta Ley, no obstante, establece que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, asimismo, el inciso 78.1 del artículo 78º de dicho cuerpo normativo establece que procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma Entidad; Que, mediante Ley N° 31084 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público, durante el ejercicio fi scal 2021; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Titular de la Entidad, es responsable en materia presupuestaria, pudiendo delegar sus funciones en dicha materia cuando lo establezca expresamente la citada norma, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 47.2 del artículo 47 de la invocada disposición legal, establece que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional y programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la cual debe ser publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF y el Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF,modi fi cado por Decreto Supremo Nº 377-2019-EF,señalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; y, conforme lo dispone el artículo 8 del citado TUO, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la mencionada norma; Que, conforme se desprende del artículo 2 de la Resolución Directoral N° 054-2018-EF/52.03 y modi fi catoria, emitida por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de