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151 NORMAS LEGALES Viernes 22 de enero de 2021 El Peruano / Municipalidad Distrital de Reque, Memorandum Nº 206- 2020-MDR/GM, de fecha 14 de setiembre emitido por la Gerencia Municipal, Informe Legal Nº 120-2020-MDR/GAJ, de fecha 14 de setiembre, emitido por Asesoría Legal, Informe Nº 130-2020-MDR/GM, de fecha 14 de setiembre, emitido por la Gerencia Municipal y Proveído Nº 144-2020-MDR/A de fecha 15 de setiembre, emitido por el Despacho de Alcaldía, y; CONSIDERANDOQue, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cada por la Ley Nº 27680, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobiernos promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, conforme al Artículo 9º numeral 8 y 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establecen las atribuciones del Concejo Municipal, para aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, el Artículo 40º de la misma norma municipal, establece que las ordenanzas municipales son las normas de carácter general y de mayor jerarquía por las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Artículo 66º del Decreto Supremo Nº 156- 2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, de fi ne las tasas como aquellos tributos creados por los Concejos Municipales cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por la municipalidad de un servicio público o administrativo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2018-JUS, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, que en su artículo 44º establece lo siguiente: 44.1 El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo; inciso 44.2. La norma que aprueba el TUPA se publica en el diario o fi cial El Peruano; inciso 44.3 El TUPA y la disposición legal de aprobación o modi fi cación se publica obligatoriamente en el portal del diario o fi cial El Peruano. Adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional de la entidad. La publicación en los medios previstos en el presente numeral se realiza de forma gratuita. Que, mediante Informe Técnico del visto se adjunta el Cuadro TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TUPA que consta de CIENTO CINCUENTA Y SEIS (156) procedimientos y servicios administrativos, en ciento sesenta y cuatro (164) folios y los FORMULARIOS que son Requeridos como requisitos dentro de estos procedimientos administrativos y servicios; señalando que la metodología de trabajo ha sido desarrollada bajo los parámetros establecidos en el TUO de la Ley 27444- Ley de Procedimiento Administrativo General y la metodología de determinación de costos aprobada mediante Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM; igualmente indica que se ha tendido en cuenta los criterios de FLEXIBILIZACIÓN Y SIMPLIFICACIÓN dentro de un contexto de uso racional de los recursos públicos y de mejora en la calidad de atención al administrado, a fi n que se constituya en una herramienta de gestión estratégica para impulsar la legitimidad de una municipalidad moderna, efi ciente y e fi caz que ponga al servicio de la ciudadanía servicios públicos de calidad que lleguen a todos en el menor tiempo posible, con una visión como municipalidad de tener instrumentos de gestión que tengan consistencia técnica y legal, y que además tengan un impacto directo en la organización y en el cumplimiento de las metas que le sean asignadas; siendo que las modi fi caciones propuestas se han desarrollado bajo los principios de legalidad, del debido procedimiento, de impulso de o fi cio, de conducta procedimental, de celeridad, e fi cacia y de verdad material, así como mayormente en los criterios enmarcados en las normas vigentes Que, dentro del proceso de modernización de la gestión del Estado y la Mejora Continua de los procedimientos administrativos resulta necesaria la adecuación y actualización de los documentos de gestión con la normativa vigente Estando a lo expuesto y con las facultades conferidas en la Constitución, en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y demás disposiciones señaladas en el considerando y contando con la aprobación del Concejo Municipal, se aprueba la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LAS TASAS, COSTOS, PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y FORMULARIOS CONTENIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS-TUPA- 2020 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE REQUE Artículo Primero.- APROBAR, los cuadros del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA- 2020 de la Municipalidad Distrital de Reque conteniendo los procedimientos y servicios administrativos prestados en exclusividad con sus requisitos, cali fi caciones, plazos e instancias para resolver en CIENTO CINCUENTA Y SEIS (156) procedimientos y servicios administrativos, en ciento sesenta y cuatro (164) folios que forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- APROBAR, las Tasas y Costos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA- 2020 de la Municipalidad Distrital de Reque elaboradas según la metodología de determinación de costos aprobada mediante Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM; conforme a la sustentación de Estructura de Costos impresa del Sistema MICOSTO que forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- APROBAR los Formularios codifi cados de libre reproducción y distribución gratuita que serán utilizados para la atención de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad establecidos en el TUPA.; cuyos anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- FACULTAR a las áreas de la municipalidad responsables de resolver los procedimientos contenidos en el TUPA a incluir, adecuar o perfeccionar los Formularios Codi fi cados que se requieran, y cuya inclusión o modi fi cación previa opinión favorable de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, debe aprobarse mediante Decreto de Alcaldía y ser publicados en el Portal Institucional, para su libre y gratuita reproducción. Artículo Quinto.- DERÓGUESE, toda disposición municipal, así como todo acto administrativo o de administración que contravenga lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza, el TUPA y demás anexos según las formalidades establecidos por ley. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas de la municipalidad, implementen las acciones administrativas establecidas en las normas de la materia, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal Artículo Octavo.- ESTABLECER que la presente Ordenanza y las partes que la integran, entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación conforme a ley, y será de cumplimiento obligatorio de todos los órganos y unidades orgánicas de la municipalidad. Precisar que los derechos de tramitación a los que se hace referencia el artículo segundo, serán exigibles a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Provincial que los rati fi que. Artículo Noveno.- DISPONER la tramitación respectiva por parte de la Secretaría General del procedimiento de ratifi cación ante la Municipalidad Provincial de Chiclayo, conforme a los plazos que la ley dispone.