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148 NORMAS LEGALES Viernes 22 de enero de 2021 / El Peruano El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en la página WEB de la Municipalidad www.msi.gob.pe Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.AUGUSTO CACERES VIÑAS Alcalde 1921418-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Delegan a la Gerente Municipal la facultad de autorizar al procurador público para participar en conciliaciones y suscribir acuerdo extrajudicial en representación de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 051-2021-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 18 de enero de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO:La Resolución de Alcaldía Nº 470-2020-A/MDSJL de fecha 03 de noviembre de 2020, se delegó facultades a la Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, señora RUTH EMPERATRIZ MONGE GUILLERGUA, y; CONSIDERANDO:Que, numeral 20) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala la atribución del Alcalde, la facultad de delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el Gerente Municipal; Que, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, aprobado por Ordenanza Nº 345 publicado en el Diario O fi cial El Peruano, el 20 de abril 2017, la Gerencia Municipal es el órgano de dirección de más alto nivel administrativo de la municipalidad distrital, tiene entre otras conducir las actividades administrativas, económicas y fi nancieras de la gestión municipal; asimismo conducir el cumplimiento de las políticas, planes de desarrollo y presupuesto institucional, depende funcional y jerárquicamente del Alcalde, y; Que, el numeral 8 del artículo 15º del Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, señala que cuando en el ámbito extrajudicial, una entidad del Estado sea invitada a conciliar o transigir, conforme a la ley de la materia, su procurador/a público/a, está facultado a representar al Estado con atribuciones exclusivas su fi cientes para participar en dichos procedimientos y suscribir los respectivos acuerdos previamente autorizado por el/la titular de la entidad o la persona a quien éste delegue mediante acto resolutivo, para lo cual deben tener en cuenta las disposiciones contenidas en la normatividad del Sistema de Defensa Jurídica del Estado; Que, en la Resolución de Alcaldía Nº 470-2020- A/MDSJL de fecha 03 de noviembre de 2020, no se contempló la facultad administrativa antes mencionada, y teniendo en cuenta la circunstancia actual es necesario ampliar las facultades otorgadas a la Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, señora RUTH EMPERATRIZ MONGE GUILLERGUA;Que, estando a las facultades conferidas par la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, contando con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Secretaria General; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DELEGAR, a la Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, señora RUTH EMPERATRIZ MONGE GUILLERGUA, la facultad administrativa de Autorizar al Procurador Público Municipal, para que en nombre y representación de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, con atribuciones especí fi cas su fi cientes pueda participar en conciliaciones y suscribir los acuerdos en el ámbito extrajudicial, en salvaguarda de los intereses de la Entidad y dentro de los parámetros establecidos por el Sistema de Defensa Jurídica del Estado. Artículo Segundo.- El cumplimiento de la delegación de facultad descrita en el artículo primero, de la presente Resolución, deberá efectuarse en el marco de las normas legales vigentes, y las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Plani fi cación, hacer de conocimiento la presente Resolución a la Contraloría General de la Republica y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Cuarto.- Disponer a Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y a la Secretaria de Comunicación e Imagen su publicación en el Portal Institucional (www.munisjl.gob.pe) Regístrese, comuníquese, cúmplase.ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 1921360-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR Aprueban modificación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021 de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2021/MDSMM Santa María del Mar, 15 de enero de 2021EL ALCALDE DE SANTA MARÍA DEL MARVISTOS: El Concejo Municipal de Santa María del Mar, en Sesión Ordinaria N° 001-2021, de fecha 15 de enero de 2021; el informe N°001-2021-MDSMM/GPPI, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, el Informe N°005-2021-GAJ/MDSMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto de la modi fi cación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021 de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, N° 27972, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de