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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (19/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 150

150 NORMAS LEGALES Viernes 19 de febrero de 2021 / El Peruano PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Aprueban el “Manual de Gestión Documental de la Municipalidad Distrital de Ventanilla” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2021/MDV-ALC Ventanilla, 21 de enero de 2021 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO:El Informe Nº 290-2020/MDV-SG-SGAVRC de la Subgerencia de Atención al Vecino y Registro Civil, el Memorando Nº 1439-2020/MDV-GPLP de la Gerencia de Plani fi cación Local y Presupuesto, el Informe Nº 300-2020/ MDV-GPLP-SGPI de la Subgerencia de Plani fi cación e Inversiones, el Informe Legal Nº 393-2021/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 134-2021-MDV/GM de la Gerencia Municipal, respecto a la emisión del documento autoritativo que apruebe el Manual de Gestión Documental, y; CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 019-2008/ MDV de fecha 02 de octubre de 2008, se aprobó el Manual de Proceso del Sistema de Gestión Documentaria de la Municipalidad Distrital de Ventanilla; en ese sentido la Sub Gerencia de Atención al Vecino y Registro Civil, mediante el Informe del visto, señala que conforme a sus competencias, propone modificar el manual en mención, en concordancia con la modernización de la gestión pública y normativa vigente a la fecha, por lo cual, presenta el “Manual de Gestión Documental de la Municipalidad Distrital de Ventanilla”; Que, la Gerencia de Plani fi cación Local y Presupuesto, otorga la viabilidad técnica, respecto a la propuesta presentada, corriéndose traslado a la Gerencia de Asesoría Jurídica, que mediante Informe legal del visto, emite la conformidad del manual propuesto con la normatividad legal vigente; Estando a lo expuesto, con el visto bueno y conformidad de la Gerencia Municipal, Gerencia de Plani fi cación Local y Presupuesto, Gerencia de Asesoría Jurídica, Subgerencia de Atención al Vecino y Registro Civil, Subgerencia de Plani fi cación e Inversiones, en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 20 y los Artículos 39 y 43 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo 1.- DEROGAR el Decreto de Alcaldía Nº 019- 2008/MDV de fecha 02 de octubre de 2008. Artículo 2.- APROBAR el “Manual de Gestión Documental de la Municipalidad Distrital de Ventanilla”, el mismo que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese y comuníquese.PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 1928995-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio de Administración Tributaria de Cajamarca ORDENANZA MUNICIPAL Nº 743-CMPC Cajamarca, 03 de diciembre de 2020.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 02 de diciembre del 2020, el , el Dictamen Nº 020-2020-CAAF sobre aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio de Administración Tributaria de Cajamarca. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 74º y 195º nos señala que los Gobiernos Locales son competentes para crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas mediante ordenanzas; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo Nº004-2019-JUS establece que mediante Decreto Supremo refrendado por la Presidencia del Consejo de Ministros se aprueban los procedimientos administrativos estandarizados de obligatoria aplicación por las entidades competentes para tramitarlos, las que no están facultadas para modi fi carlos o alterarlos; y, están obligadas a incorporarlos en sus respectivos Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, el artículo 37 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece la obligación de todas la entidades públicas de elaborar, aprobar o gestionar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA Que, la citada norma además establece que el contenido del TUPA comprende a todos los procedimientos de iniciativa de parte que cuenten con respaldo legal y sean requeridos por los administrados para satisfacer