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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (19/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 143

143 NORMAS LEGALES Viernes 19 de febrero de 2021 El Peruano / Asimismo, el turno fi scal deberá de ser asumido de manera consecutiva al término del turno de la Quinta Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima. Artículo Vigésimo Octavo.- Disponer que la Sexta Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, así como el personal que lo integra se sujeten a los alcances señalados en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 135-2021-MP-FN, de fecha 29 de enero de 2021. Artículo Vigésimo Noveno.- Disponer que la Primera, Segunda y Tercera Fiscalía Provincial de Familia de Cajamarca; Primera y Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Huancavelica; Primera y Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Huaura; y, las Fiscalías Provinciales de Familia de Lima, asuman en adición a sus funciones la carga pendiente de resolver de la Fiscalía Provincial Civil de Cajamarca, Fiscalía Provincial Civil de Huancavelica, Fiscalía Provincial Civil de Huaura y Primera, Segunda y Tercera Fiscalía Provincial Civil de Lima, respectivamente, las mismas que fueron convertidas mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 135-2021-MP-FN, de fecha 29 de enero de 2021, en Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Cajamarca, Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Agresiones en contra de las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Huancavelica (artículo 122-B del Código Penal), Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Agresiones en contra de las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Huaura (artículo 122-B del Código Penal) y Sexta Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima. ARTÍCULO TRIGÉSIMO.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Cajamarca, Huancavelica, Huaura y Lima, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, Secretaria Técnica de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, Escuela del Ministerio Público, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1929082-1 Dejan sin efecto el artículo cuarto de la Res. N° 1524-2020-MP-FN, en el extremo que se nombra Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 227-2021-MP-FN Lima, 18 de febrero de 2021 VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio N° 277-2021-MP-FN-PJFSLIMA, cursado por el abogado Luis Alberto Germaná Matta, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, mediante el cual eleva la carta de declinación del abogado Christian Erick Cueva Pastor, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios, por motivos de salud, personales y familiares. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo cuarto de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1524-2020-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2020, en el extremo que se nombra al abogado Christian Erick Cueva Pastor, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios; dejando subsistente lo demás que la contiene. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1929084-1 Dejan sin efecto el artículo cuarto de la Res. N° 1460-2020-MP-FN, mediante el cual se nombra Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 228-2021-MP-FN Lima, 18 de febrero de 2021 VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio N° 2525-2020-MP-FN-PJFSAREQUIPA, cursado por el abogado Franklin Jaime Tomy López, en ese entonces Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, mediante el cual eleva la carta de declinación del abogado Leonidas Edilberto Rojas Equiapaza, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa y a su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, por motivos personales y familiares. Estando a lo expuesto en el mencionado documento y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo cuarto de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1460-2020-MP-FN, de fecha 23 de diciembre de 2020, mediante el cual se nombra al abogado Leonidas Edilberto Rojas Equiapaza, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa; dejando subsistente lo demás que contiene. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Gerencia General, O fi cina General de