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2 NORMAS LEGALES Lunes 22 de febrero de 2021 / El Peruano PODER EJECUTIVO DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Directora de la Dirección de Monitoreo de la Gestión de las Prestaciones Sociales del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 032-2021-MIDIS Lima, 19 de febrero de 2021VISTOS:El Memorando Nº D000080-2021-MIDIS-VMPS del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Memorando Nº D000214-2021-MIDIS-OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y, el Informe Nº D000057-2021-MIDIS-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Resolución Ministerial Nº 094-2020-MIDIS se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose en el literal e) del artículo 8 que el Despacho Ministerial designa a los titulares de los cargos de con fi anza del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, por Resolución Ministerial Nº 048-2020-MIDIS se aprueba el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial Nº 105-2019-MIDIS, el cual contempla el cargo estructural de Director/a de la Dirección de Monitoreo de la Gestión de las Prestaciones Sociales de la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales, considerado como cargo de con fi anza; Que, en ese sentido, al encontrarse vacante el cargo, se ha visto por conveniente designar a la persona que asumirá el cargo de Director/a de la Dirección de Monitoreo de la Gestión de las Prestaciones Sociales de la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Con los visados del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial Nº 094-2020-MIDIS que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora María Beatriz Cubas Zanabria en el cargo de Directora de la Dirección de Monitoreo de la Gestión de las Prestaciones Sociales de la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVANA EUGENIA VARGAS WINSTANLEY Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1929428-1ENERGIA Y MINAS Aprueban el Programa Anual de Promociones 2021, que contiene los programas destinados a ampliar el acceso universal al suministro de energía y la energización rural, y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 037-2021-MINEM/DM Lima, 18 de febrero de 2021 VISTOS: El Informe N° 368-2020-MINEM/DGER/ DPRO-JER de la Dirección General de Electri fi cación Rural, el Informe N° 002-2021-MINEM/DGH de la Dirección General de Hidrocarburos, el Informe N° 097-2021-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante, Ley del FISE), se crea el Fondo de Inclusión Social Energético-FISE, como un sistema de compensación energética que permita brindar seguridad al sistema, así como de un esquema de compensación social y mecanismos de acceso universal a la energía; Que, el artículo 5 de la Ley del FISE, establece que el FISE tiene como fi nes: i) la masi fi cación del uso del gas natural mediante el fi nanciamiento parcial o total de las conexiones de consumidores regulados, sistemas o medios de distribución o transporte, y conversiones vehiculares; ii) la compensación para el desarrollo de nuevos suministros en la frontera energética; iii) la compensación social y promoción para el acceso al GLP de los sectores vulnerables, tanto urbanos como rurales; iv) la compensación a las empresas de distribución de electricidad por la aplicación del mecanismo de compensación de la tarifa eléctrica residencial, conforme a la ley de la materia; y v) la implementación del mecanismo de promoción contenido en el Decreto Supremo N° 040-2008-EM, dirigido a las poblaciones de menores recursos; Que, el artículo 18 del Reglamento de la Ley Nº 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM (en adelante, Reglamento del FISE), establece que el Programa Anual de Promociones forma parte del Plan de Acceso Universal a la Energía y contiene los proyectos directamente vinculados a los fi nes del FISE. El Ministerio de Energía y Minas establece la cartera de proyectos del Programa Anual de Promociones a ejecutarse con recursos del FISE, considerando su disponibilidad fi nanciera; Que, el numeral 10.2 del artículo 10 del Reglamento del FISE señala que el Ministerio de Energía y Minas determinará los proyectos a incluirse en el Programa Anual de Promociones, los que formarán parte del Plan de Acceso Universal a la Energía; Que, por su parte, el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley del FISE señala que los proyectos incluidos en el Plan de Acceso Universal a la Energía, serán priorizados de acuerdo a la disponibilidad del FISE y conforme al Programa Anual de Promociones, aprobado por el Ministerio de Energía y Minas; Que, el Plan de Acceso Universal a la Energía 2013- 2022, aprobado por Resolución Ministerial N° 203-2013-MEM/DM, modi fi cado por Resolución Ministerial N° 264- 2015-MEM/DM y Resolución Ministerial N° 558-2016-MEM/DM (en adelante, Plan de Acceso Universal a la Energía 2013-2022), tiene como objetivo general promover, desde el ámbito energético, el desarrollo económico e fi ciente, sustentable con el medio ambiente y con equidad, a través de la implementación de proyectos que permitan ampliar el acceso universal al suministro energético, priorizando