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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (22/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Lunes 22 de febrero de 2021 El Peruano / el uso de fuentes energéticas disponibles, con la fi nalidad de generar una mayor y mejor calidad de vida de las poblaciones de menores recursos en el país; Que, conforme a lo establecido en el numeral 7 del Plan de Acceso Universal a la Energía 2013 – 2022, se prevé ampliar el acceso universal al suministro de energía y la energización rural a través de cuatro mecanismos generales: i) Programas de Promoción de Masi fi cación del Uso del Gas Natural, ii) Promoción y/o Compensación para el Acceso al GLP, iii) Programas de Desarrollo de Nuevos Suministros en la Frontera Energética, y iv) Programas y Mejora de Uso Energético Rural; Que, el penúltimo párrafo del artículo 112a del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado con Decreto Supremo N° 040-2008-EM, establece que el Mecanismo de Promoción también cubrirá el costo de conexión de consumidores residenciales bene fi ciados con el FISE, de acuerdo a los criterios para la determinación de bene fi ciarios, conceptos y montos que establezca el Programa Anual de Promociones que aprueba el Ministerio de Energía y Minas, en el marco de lo establecido en el reglamento de la Ley del FISE; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el punto iii) del numeral 10.5 del artículo 10 del Reglamento del FISE, el precio máximo del Servicio Integral de Instalación Interna que será cubierto por el FISE debe ser aprobado por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN para cada Programa Anual de Promociones, el cual se aplicará durante la vigencia del mismo; Que, mediante el artículo 3 de la Ley N° 30468 se crea el Mecanismo de Compensación de la Tarifa Eléctrica Residencial, aplicable a todos los usuarios residenciales del servicio público de electricidad, independientemente de su ubicación geográ fi ca y del sistema eléctrico al que pertenezcan; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 30468 señala que el mecanismo de compensación a la tarifa eléctrica residencial se fi nancia con los saldos disponibles del FISE previstos en el artículo 4 de la Ley del FISE, hasta un máximo de 180 millones de soles anuales, y no demanda recursos adicionales al tesoro público; Que, el numeral 4.3 del artículo 4 de la Ley N° 30468 establece que el Ministerio de Energía y Minas incluye en el Programa Anual de Promociones, a que se re fi ere el artículo 8 de la Ley del FISE, y considerando el cumplimiento del Plan de Acceso Universal a la Energía, una partida destinada a cubrir las transferencias del mecanismo de compensación a la tarifa eléctrica residencial; Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar el Programa Anual de Promociones para el año 2021, en el marco de lo establecido en el Plan de Acceso Universal a la Energía 2013-2022, en la Ley N° 29852 y de su reglamento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias; la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2012-EM y sus modi fi catorias; la Ley N° 30468 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 027-2016-EM; y el Plan de Acceso Universal a la Energía 2013-2022, aprobado con Resolución Ministerial N° 203-2013-MEM/DM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1. - Aprobar el Programa Anual de Promociones 2021, que contiene los programas destinados a ampliar el acceso universal al suministro de energía y la energización rural, que como Anexo N° 1 forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Para efectos de la aplicación del artículo 112a del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado con Decreto Supremo N° 040-2008-EM, los criterios para la determinación de bene fi ciarios, conceptos y montos para la aplicación del Mecanismo de Promoción son aquellos a los que se re fi ere el programa N° 4 del Anexo N° 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Para efectos de los programas de promoción de nuevos suministros residenciales en el área de las concesiones de distribución de gas natural por red de ductos de Lima, Callao e Ica, contemplados dentro del Programa Anual de Promociones 2021, se mantendrán vigentes los precios máximos del Servicio Integral de Instalación Interna establecidos por el OSINERGMIN para el Programa Anual de Promociones 2020, hasta que dicho organismo establezca los precios máximos correspondientes para el Programa Anual de Promociones 2021. Artículo 4.- En el plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados desde la vigencia de la presente Resolución Ministerial, el OSINERGMIN establece los precios máximos del Servicio Integral de Instalación Interna que serán cubiertos por el FISE, para lo cual utilizará los estudios que correspondan. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano”, así como la publicación de su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem). Artículo 6.- Publíquese en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem) los informes sustentatorios del Programa Anual de Promociones 2021, aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME GALVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas 1929199-1 INTERIOR Designan Secretaria II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0095-2021-IN Lima, 19 de febrero de 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo público de confi anza Secretaria II del Despacho Ministerial del Ministerio del Interior; Que, por razones de servicio resulta necesario designar a la persona que asuma el mencionado cargo de con fi anza; Con la visación de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Gladys Marleny Ríos Muñoz en el cargo público de con fi anza de Secretaria II del Despacho Ministerial del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO Ministro del Interior 1929430-1