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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2021 (04/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Domingo 4 de julio de 2021 El Peruano / haber entre 8 y 10 metros cuadrados de áreas verdes por habitante en una ciudad. Por lo tanto, cualquier niña, niño, adolescente o adulto mayor que contribuya a ello, ya sea con una maceta o un metro cuadrado de jardín, debería de ser reconocido por contribuir al bienestar de su entorno y el desarrollo de su ciudad y país; Que, en la actualidad, no existen indicadores que valoren el aporte de las personas menores de edad ni mayores de 65 años al bienestar de la sociedad. El principal indicador existente del aporte de una persona a la sociedad es la PEA (Población Económicamente Activa). Según las normas internacionales, la PEA la conforman grupos de edad de 15 a 64 años. Las personas menores de 15 y mayores de 65 son considerados como “población en edad inactiva”, de fi nidas como todas aquellas que no están aptas para el ejercicio de funciones productivas. Esto ocasiona que los espacios de participación que existen, para reconocer a este grupo de personas, sean escasos. En uso de las facultades conferidas por el inciso 8 del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE RECONOCE EL APORTE DE LAS PERSONAS MENORES DE 18 AÑOS AL DESARROLLO SOSTENIBLE EN EL DISTRITO DE SANTA MARÍA DEL MAR Artículo Primero.- Reconocer, de manera o fi cial, el aporte de las personas menores de 18 años al desarrollo sostenible en el Distrito de Santa María del Mar, por medio de su participación voluntaria y protagónica en la creación y mejora de áreas verdes, conservación de la biodiversidad y cuidado del ambiente en espacios públicos y privados. Artículo Segundo.- Aportar, con la creación y mejora de áreas verdes, conservación de la biodiversidad, y cuidado del ambiente en hogares, institución educativa y espacios públicos, que incluyen: • Siembra de cobertura vegetal que proteja y mejore el suelo. • Siembra, aprovechamiento y cuidado de árboles nativos o especies apropiadas para los suelos y clima del distrito. • Producción y manejo de plantas alimenticias de manera orgánica. • Producción y manejo de plantas medicinales de manera orgánica. • Siembra y cuidado de plantas hospederas de especies polinizadoras.• Manejo y protección de la biodiversidad local, incluye fl ora y fauna. • Restauración, aprovechamiento y protección de ecosistemas naturales. • Crianza y cuidado de animales domésticos.• Reutilización, cuidado y uso adecuado del agua. • Manejo de residuos sólidos orgánicos e inorgánicos, incluye producción de compost y abonos naturales. • Uso e fi ciente de la energía. • Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, entre otros. Artículo Tercero.- Defi nir y aplicar mecanismos que permitan: • Convocar y motivar la participación de niñas, niños y adolescentes, así como las familias y miembros de instituciones educativas. • Orientar la participación del público objetivo.• Reconocer y valorar la participación del público objetivo. • Difundir los emprendimientos del público objetivos, así como los esfuerzos de la Municipalidad y sus aliados. Artículo Cuarto.- REALIZAR las acciones de: • Cuanti fi car el número de participantes menores de 18 años y el impacto de sus emprendimientos a favor del ambiente y desarrollo sostenible del distrito. • Incluir los resultados en las estadísticas de desarrollo sostenible del distrito y difundirlas. • Gestionar y canalizar recursos propios (económicos, humanos, materiales y espacios o áreas naturales), así como recursos externos, para viabilizar los emprendimientos ambientales del público objetivo y las iniciativas en favor de ellos. • Reconocer de distintas maneras y de forma regular a las niñas, niños y adolescentes que participen como agentes de cambio para el desarrollo sostenible. Artículo Quinto.- Designar a la Subgerencia de Limpieza Pública, Áreas Verdes y Gestión Ambiental para realizar las coordinaciones, acciones y monitorear las iniciativas ambientales de los mismos a favor del distrito. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JIRIES MARTÍN JAMIS SUMAR Alcalde 1969126-1 COMUNICADO SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA SE RECIBIRÁN LAS PUBLICACIONES OFICIALES SÓLO EN MODO VIRTUAL COMO SE DETALLA A CONTINUACIÓN: □ HORARIO DE RECEPCIÓN POR CORREO: • LUNES A VIERNES, 8:30 AM a 5:30 PM • SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 8:30 AM a 5:30 PM (sólo publicaciones para día siguiente) □ HORARIO DE RECEPCIÓN PORTAL PGA: • LUNES A VIERNES, 9:00 AM a 7:00 PM • SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 9:00 AM a 6:00 PM (sólo publicaciones para día siguiente) □ CORREO PARA COTIZACIONES : cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe □ CORREO PARA PUBLICACIONES : normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES