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197 NORMAS LEGALES Domingo 25 de julio de 2021 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE MI PERU Modifican la Ordenanza N° 053/MDMP, que regula la gestión integral y manejo de residuos sólidos del distrito de Mi Perú ORDENANZA Nº 069-MDMP Mi Perú, 28 de junio del 2021EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO en la Sesión Ordinaria de Concejo de manera virtual y presencial de la fecha el Dictamen Nº 001-2021-MDMP/CSPMA de la Comisión de Servicios Públicos y Medio Ambiente, la Carta Nº 078-2021-MDMP/SG de la Secretaria General, el Memorando Nº 0610-2021-MDMP/GM de Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 254-2021/MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 057-2021-MDMP/GSPGA de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, el Informe Nº 0349-2021-MDMP/GSPGA/SGLPSA de la Subgerencia de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental, el Informe Nº 031-2021-MDMP/SG de la Secretaría General, el Memorando Nº 123-2021-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 081-2021-MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 003-2021-MDMP/GSPGA de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, el Informe Nº 027-2021-MDMP/GSPGA/SGLPSA de la Subgerencia de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental; CONSIDERANDO:Que, según lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades , Ley Nº 27972, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo el numeral 22) de su artículo 2º establece que toda persona tiene derecho a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, por otro lado el artículo 67º señala que el Estado determina la política nacional del COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe . 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) Ofi cio fi rmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado. c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El o fi cio y dispositivo legal podrán ser fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, debe consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi fi car. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya grá fi cos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación fi nal. 8. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA . GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES