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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (02/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de junio de 2021 / El Peruano GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Ordenanza Nº 373/MLV .- Ordenanza que establece beneficios para el pago de multas administrativas en el distrito de La Victoria 91 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Ordenanza Nº 481-MDS.- Ordenanza que otorga beneficios administrativos para el pago de resoluciones de sanción, denominada “#SURQUILLOUNIDO” 92 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ordenanza Nº 005-2021.- Establecen Beneficios Tributarios y no Tributarios a f avor de los contribuyentes de la Municipalidad Provincial del Callao 94MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA R.A. Nº 236-2021-MDB/AL.- Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Bellavista 98 MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Ordenanza Nº 007-2021/MDV .- Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Ventanilla 2021 98 Ordenanza Nº 008-2021/MDV .- Ordenanza que aprueba la numeración municipal del Asentamiento Humano Balnearios 99 Ordenanza Nº 009-2021/MDV .- Ordenanza que establece diversas medidas de naturaleza tributaria y no tributaria en el distrito de Ventanilla, a fín de mitigar el impacto económico producido por el estado de emergencia sanitaria - COVID 19 99 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 31207 LA PRESIDENTA A. I. DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE GARANTIZA LA VELOCIDAD MÍNIMA DE CONEXIÓN A INTERNET Y MONITOREO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE INTERNET A FAVOR DE LOS USUARIOS Artículo 1. Objeto de la Ley La presente ley tiene como objeto garantizar y promover la óptima prestación del servicio de internet, así como la efectiva calidad, velocidad y monitoreo de la prestación contratada por los proveedores del servicio de internet. Artículo 2. Objetivos y principios Los objetivos y principios de la presente ley son los siguientes: a) Fomentar la competencia efectiva en los mercados de telecomunicaciones para potenciar al máximo los bene fi cios para las empresas y los consumidores, principalmente en términos de bajada de los precios, calidad de los servicios e innovación, teniendo debidamente en cuenta la variedad de condiciones en cuanto a la competencia y los consumidores que existen en las distintas áreas geográ fi cas, y velando por que no exista falseamiento ni restricción de la competencia en la explotación de redes o en la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, incluida la transmisión de contenidos. b) Desarrollar la economía y el empleo digital, promover el desarrollo del sector de las telecomunicaciones y de todos los nuevos servicios digitales que las nuevas redes rápidas permiten, impulsando la cohesión social y territorial, mediante la mejora y extensión de las redes, así como la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas y el suministro de los recursos asociados a ellas.c) Promover el despliegue de redes y la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, fomentando la conectividad y la interoperabilidad extremo a extremo y su acceso, en condiciones de igualdad y no discriminación. d) Promover el desarrollo de la industria de productos y equipos de telecomunicaciones. e) Contribuir al desarrollo del mercado interior de servicios de comunicaciones electrónicas en el Perú. f) Promover la inversión e fi ciente en materia de infraestructuras incluyendo, cuando proceda, la competencia basada en infraestructuras, fomentando la innovación y teniendo debidamente en cuenta los riesgos en que incurren las empresas inversoras. g) Hacer posible el uso e fi caz de los recursos limitados de telecomunicaciones, como la numeración y el espectro radioeléctrico, y la adecuada protección de este último, y el acceso a los derechos de ocupación de la propiedad pública y privada. h) Fomentar, en la medida de lo posible, la neutralidad tecnológica en la regulación y garantizar el cumplimiento de las obligaciones de servicio público en la explotación de redes y la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas. i) Defender los intereses de los usuarios, asegurando su derecho al acceso a los servicios de comunicaciones electrónicas en condiciones adecuadas de elección, precio y buena calidad, promoviendo la capacidad de los usuarios fi nales para acceder y distribuir la información o utilizar las aplicaciones y los servicios de su elección, en particular a través de un acceso abierto a internet. j) Salvaguardar y proteger en los mercados de telecomunicaciones, la satisfacción de las necesidades de grupos sociales especí fi cos, las personas con discapacidad, las personas mayores, las personas en situación de dependencia y usuarios con necesidades sociales especiales, atendiendo a los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación. k) Facilitar el acceso de los usuarios con discapacidad a los servicios de comunicaciones electrónicas y al uso de equipos terminales. l) Las leyes o normas emitidas por el Poder Ejecutivo deberán prevalecer sobre cualquier ordenanza o disposición emitida por gobiernos regionales o municipalidades provinciales, distritales o de centro poblado, que puedan limitar o contravenir cualquier iniciativa o inversión que busque mejorar la calidad del servicio de internet para los usuarios. Artículo 3. Promoción del servicio y acceso a la información Créanse los instrumentos o espacios que faciliten el acceso a la información de los usuarios respecto a la