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6 NORMAS LEGALES Jueves 10 de junio de 2021 / El Peruano DECRETA: Artículo 1.- Realización del Examen Escrito y adjudicación de plazas, en el marco del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2021. Para efectos de rendir el examen escrito de admisión y la adjudicación de plazas del programa de formación de Residentado Médico del año 2021, los postulantes y el personal de las instituciones formadoras a cargo, podrán hacer uso de vehículos particulares, así como desplazarse en las horas en las que rige la inmovilización social obligatoria, regulada en el Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, cuya Emergencia Nacional declarada fue prorrogada por Decreto Supremo Nº 201-2020-PCM, Decreto Supremo Nº 008-2021-PCM, Decreto Supremo Nº 036-2021-PCM, Decreto Supremo Nº 058-2021-PCM, Decreto Supremo Nº 076-2021-PCM y Decreto Supremo Nº 105-2021-PCM. Asimismo, las instituciones podrán disponer las acciones necesarias para la realización de las citadas actividades para el residentado, lo que incluye la apertura de sedes, respetando las medidas de bioseguridad contra la COVID-19. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro del Interior, la Ministra de Defensa, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Salud, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de la Producción, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministro del Ambiente, el Ministro de Cultura, el Ministro de Economía y Finanzas, la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de junio del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros GABRIEL QUIJANDRÍA ACOSTA Ministro del Ambiente ALEJANDRO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura CLAUDIA CORNEJO MOHME Ministra de Comercio Exterior y Turismo FEDERICO TENORIO CALDERÓN Ministro de Desarrollo Agrario y Riego SILVANA VARGAS WINSTANLEY Ministra de Desarrollo e Inclusión Social NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas RICARDO DAVID CUENCA PAREJA Ministro de Educación JAIME GÁLVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO Ministro del Interior EDUARDO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos HumanosSILVIA LOLI ESPINOZAMinistra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR Ministro de la Producción ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores ÓSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1961783-3 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan representantes de los gremios que integran el Consejo Directivo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2021-MINCETUR Lima, 9 de junio de 2021CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, modi fi cada por la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas, establece que PROMPERÚ es un organismo técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, que cuenta con un Consejo Directivo como órgano máximo de dirección, el cual está conformado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, quien lo preside, los Viceministros de Comercio Exterior y de Turismo, por representantes de entidades del sector público, del sector privado y de los gremios de las Zonas Turísticas Nor Amazónica, Centro y Sur; Que, el artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de la Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, dispone que los miembros del Consejo Directivo son designados por Resolución Suprema a propuesta de las entidades que lo conforman; Que, mediante Resolución Suprema N° 007-2019-MINCETUR, modi fi cada por la Resolución Suprema N° 010-2020-MINCETUR y Resolución Suprema N° 003-2021-MINCETUR, se modi fi ca la designación de los representantes de entidades públicas y privadas que integran el Consejo Directivo de PROMPERÚ; Que, con O fi cio N° 188-2021-MINCETUR/VMT/DGET de la Secretaria Técnica de la Comisión Multisectorial Permanente encargada de elaborar, actualizar y modi fi car el Plan Estratégico Nacional de Turismo – PENTUR, y de conformidad con el O fi cio N° 000154-2021-PROMPERÚ/ GG de la Gerencia General de PROMPERÚ, se solicita la actualización de los representantes de los gremios de las Zonas Turísticas Nor Amazónica, Centro y Sur, por lo que resulta necesario designar a los representantes de los citados gremios ante el Consejo Directivo de PROMPERÚ; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 27790, Ley