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8 NORMAS LEGALES Jueves 10 de junio de 2021 / El Peruano relaciones internacionales en materia de Seguridad y Defensa Nacional, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, de acuerdo con el literal j) del artículo 56 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, la Dirección de Asuntos Bilaterales y Agregadurías de Defensa de la Dirección General de Relaciones Internacionales realiza la actualización de la normativa legal relacionada a las actividades que desempeña el personal militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática; Que, el numeral 15 del literal B) del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa, establece que por Resolución Ministerial se aprueba el Reglamento de Agregadurías Militares; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0977-2019- DE/SG, se aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, el cual tiene por objeto establecer los requisitos, procedimientos y principios para nombrar al personal militar en las Agregadurías de Defensa, Militar, Naval o Aérea del Perú en el exterior, así como los cargos y funciones que desempeñan; habiendo sido modi fi cado mediante la Resolución Ministerial Nº 474-2020-DE/SG; Que, a través del O fi cio Nº 00614-2021-MINDEF/VPD- DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales, en atención al Informe Técnico Nº 111-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN, propone la modi fi cación de los literales a) y b) del artículo 6 y de los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, con la fi nalidad de hacer más expeditivo el proceso de selección y nombramiento del personal militar de las Fuerzas Armadas en Agregadurías del Exterior y actualizar sus términos; Que, mediante el Informe Legal Nº 00492-2021-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable la propuesta de modi fi cación de los literales a) y b) del artículo 6 y de los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, de conformidad a la normativa sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car los literales a) y b) del artículo 6 y los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregaduría del Exterior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0977-2019-DE/SG, modi fi cado por Resolución Ministerial Nº 474-2020-DE/SG, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef). Regístrese, comuníquese y publíquese.NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa 1961381-1 Aprueban la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo N° 0136-2021-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0273-2021-DE Lima, 8 de junio de 2021VISTOS: El O fi cio Nº 01863-2021-MINDEF/VRD, del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa; el O fi cio Nº 01077-2021-MINDEF/VRD-DGPP, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00252-2021-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP, de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal Nº 00534-2021-MINDEF/SG-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se emite la Resolución Ministerial Nº 1078-2020-DE, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2021 del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Institucional a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, asimismo, el citado numeral establece que las referidas modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo a propuesta del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, según corresponda, señalando además que dichos recursos se destinan, únicamente para fi nanciar las transferencias fi nancieras que dichos pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP). Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular, del Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, según corresponda y se publican en el diario o fi cial El Peruano; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 0136- 2021-EF, autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, hasta por el importe de S/ 243 053 284,00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), destinados a fi nanciar el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto Supremo, establece que el Titular del Pliego habilitado en la transferencia de partidas aprueba mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de la referida norma; Que, mediante el O fi cio Nº 01077-2021-MINDEF/ VRD-DGPP, la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe Nº 00252-2021-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto, señala que resulta necesario aprobar la correspondiente desagregación de los recursos transferidos mediante el Decreto Supremo Nº 136-2021-EF, en el presupuesto institucional para el Año Fiscal 2021 del Pliego 026 Ministerio de Defensa, a nivel programático, por el importe de S/ 243 053 284,00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) ; Que, a través del Informe Nº 00534-2021-MINDEF/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable aprobar, vía resolución ministerial, la desagregación de los recursos transferidos por Decreto Supremo Nº 0136-2021-EF, por el monto de S/ 243 053 284,00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO y 00/100 SOLES), con el objeto de fi nanciar el pago de obligaciones previsionales, así como autorizar una transferencia fi nanciera a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) para dichos fi nes;