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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2021 (09/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Martes 9 de marzo de 2021 / El Peruano DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA ÚNICA. Precísase que el distrito de Santillana, en la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho, creado mediante Ley 3000, de fecha 21 de diciembre de 1918, no cuenta con sus límites político-administrativos establecidos; por lo tanto, de conformidad con el artículo 2 de la presente ley, el límite noreste del distrito de Santillana quedará descrito de la siguiente manera: POR EL NORESTELimita con el distrito de Putis, provincia de Huanta del departamento de Ayacucho.El límite se inicia en el punto de coordenada UTM 586 545 m E y 8 600 002 m N; en el cerro Pucamachay, desde donde el límite continúa por el lado oeste de la laguna Yanacoha, pasando por los cerros Calvariyoc y Quillapampa Orjo hasta el punto de coordenada UTM 582 947 m E y 8 602 725 m N; ubicado en el cerro Isco Orjo. POR TANTO:Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día once de diciembre de dos mil veinte, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los ocho días del mes de marzo de dos mil veintiuno. MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN Presidenta a. i. del Congreso de la República LUIS ANDRÉS ROEL ALVA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República 1933249-3 LEY Nº 31135 LA PRESIDENTA A. I. DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE CREACIÓN DEL DISTRITO DE RÍO MAGDALENA EN LA PROVINCIA DE LA MAR DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO Artículo 1. Objeto de la Ley La presente ley tiene por objeto crear el distrito de Río Magdalena, con su capital Monterrico, en la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho.Artículo 2. Límites del distrito de Río MagdalenaLos límites territoriales del distrito de Río Magdalena, en la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho, son los siguientes: POR EL NORESTE Limita con los distritos de Manitea y Cielo Punco, provincia La Convención, departamento de Cusco.El límite se inicia en la desembocadura de una quebrada sin nombre en el río Apurímac (punto de coordenada UTM 650 048 m E y 8 584 431 m N), continúa en dirección sureste, aguas arriba, por la línea media del cauce del río Apurímac hasta la desembocadura del río Chunchubamba en el río Apurímac en punto de coordenada UTM 653 180 m E y 8 580 974 m N. POR EL SURESTE Limita con el distrito de Anchihuay, provincia La Mar, departamento de Ayacucho.