TEXTO PAGINA: 17
17 NORMAS LEGALES Martes 9 de marzo de 2021 El Peruano / especializados de asesoría legal, contable, económica o afín para defensa de funcionarios, ex funcionarios, servidores, ex servidores, y miembros o ex miembros de las fuerzas armadas y policiales, por actos funcionales, a los que se re fi eren las normas de la materia; l) Cuando exista necesidad urgente de la Entidad de continuar con la ejecución de las prestaciones no ejecutadas derivadas de un contrato resuelto o de un contrato declarado nulo por las causales previstas en los literales a) y b) del artículo 44, siempre que se haya invitado a los demás postores que participaron en el procedimiento de selección u no se hubiese obtenido aceptación a dicha invitación; y m) Para contratar servicios de capacitación de interés institucional con entidades autorizadas u organismos internacionales especializados. g) Visar los formularios de los Anexos Nº 01 y 02 que señala el numeral 6.1.5 del acápite 6.1 de la Directiva Sectorial Nº 003-2015-MINAGRI “Lineamientos y Procedimiento para el contrato de Locación de Servicios en el Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI” aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 488-2015-MINAGRI de fecha 05 de octubre de 2015. ” Artículo Segundo.- Modi fi car los literales b), g), j), i), l), e Introducir el literal m) en el Artículo Segundo de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 001-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 05 de enero de 2021, cuyo tenor será el siguiente: “b) Aprobar los Expedientes de Contratación para la adquisición de bienes, contratación de servicios en general, consultorías y ejecución de obras, que correspondan a los procedimientos de selección conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento que se encuentre vigente y aplicable. Asimismo, autorizar las contrataciones a realizarse a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco para la adquisición de bienes y servicios; así como autorizar las compras por Subasta Inversa Electrónica incluidos en el Listado de Bienes y Servicios en el Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC). g) Suscribir, modi fi car, requerir y resolver los contratos y sus adendas, derivados de procedimientos de selección convocados, incluido la consultoría y ejecución de obra, tomando en cuenta lo establecido en la normativa de contrataciones vigente. i) Autorizar la contratación de bienes, servicios y consultorías; así como la suscripción de los contratos y adendas para la adquisición de bienes, servicios y consultorías cuyos montos sean iguales o interiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias a excepción de lo establecido en la Directiva Sectorial Nº 003-2015-MINAGRI “Lineamientos y Procedimiento para el contrato de Locación de Servicios en el Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI”. Asimismo, podrá requerir, Resolver totalmente o parcialmente, anular y dejar sin efecto la orden de compra o servicio. Estas prerrogativas se extienden en lo que corresponda al Programa de Irrigación de Pequeña y Mediana Infraestructura de Riego en la Sierra del Perú - PIPMIRS. j) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y reducciones en caso de bienes, servicios y consultorías hasta por el monto máximo permitido por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento que se encuentre vigente y resulte aplicable. Asimismo, aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. l) Autorizar las propuestas económicas que superen el valor referencial o el valor estimado, presentadas por los postores en los procedimientos de selección hasta el límite previsto por ley; siempre y cuando se cuente con la Certi fi cación de Crédito Presupuestario. m) Aprobar otras modi fi caciones al contrato cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que las mismas deriven de hecho sobreviniente a la presentación de ofertas que no sean imputables a alguna de las partes, permitan alcanzar su fi nalidad de manera oportuna y e fi ciente, y no cambien los elementos determinantes del objeto, y siempre que la modi fi cación no implique el incremento del precio. ”Por lo expuesto, el Artículo Segundo de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 001-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 05 de enero de 2021, en base a la modi fi cación realizada en los literales b), g), j), i) l) e Introducción del literal m), tendrá el siguiente tenor: “Artículo Segundo.- DELEGAR, en el/la DIRECTOR (A) DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, durante el año fi scal 2021, las facultades a nivel de la Sede Central de: a) Aprobar y Modi fi car el Plan Anual de Contrataciones - PAC, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021, así como sus modi fi caciones, y supervisar periódicamente su ejecución, en el marco de lo establecido en las disposiciones que apruebe el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. b) Aprobar los Expedientes de Contratación para la adquisición de bienes, contratación de servicios en general, consultorías y ejecución de obras, que correspondan a los procedimientos de selección conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento que se encuentre vigente y aplicable. Asimismo, autorizar las contrataciones a realizarse a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, de conformidad a la normativa vigente. c) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección por causal debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en ¡a normativa de contrataciones vigente, para la adquisición de bienes, contratación de servicios, consultorías y ejecución de obras. d) Designar y reconformar a los Comités de Selección que conducirán los procedimientos de selección para la adquisición de bienes, contratación de servicios en general, consultorías y ejecución de obras, de acuerdo con lo establecido en la normativa de contrataciones vigente. e) Autorizar la participación de expertos independientes para apoyar a los Comités de Selección, cuando corresponda. f) Aprobar las Bases Administrativas de los procedimientos de selección para la adquisición de bienes, contratación de servicios en general, consultorías y ejecución de obras de acuerdo con lo establecido en la normativa de contrataciones vigente. g) Suscribir, modi fi car, requerir y resolver los contratos y sus adendas, derivados de procedimientos de selección convocados, incluido la consultoría y ejecución de obra, tomando en cuenta lo establecido en la normativa de contrataciones vigente. h) Autorizar y suscribir contratos complementarios provenientes de los procedimientos de selección. i) Autorizar la contratación de bienes, servicios y consultorías; así como la suscripción de los contratos y adendas para la adquisición de bienes, servicios y consultorías cuyos montos sean iguales o interiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias a excepción de lo establecido en la Directiva Sectorial Nº 003-2015-MINAGRI “Lineamientos y Procedimiento para el contrato de Locación de Servicios en el Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI”. Asimismo, podrá requerir, Resolver totalmente o parcialmente, anular y dejar sin efecto la orden de compra o servicio. Estas prerrogativas se extienden en lo que corresponda al Programa de Irrigación de Pequeña y Mediana Infraestructura de Riego en la Sierra del Perú - PIPMIRS. j) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y reducciones en caso de bienes, servicios y consultorías hasta por el monto máximo permitido por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento que se encuentre vigente y resulte aplicable. Asimismo, aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. k) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual de bienes, servicios y consultorías. l) Autorizar las propuestas económicas que superen el valor referencial o el valor estimado, presentadas por los postores en los procedimientos de selección hasta el