Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2021 (26/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Viernes 26 de marzo de 2021 / El Peruano d) Emitir informes técnicos que contengan propuestas de constitución de espacios de diálogo multisectoriales e intergubernamentales con organizaciones representativas de pueblos indígenas u originarios. e) Realizar el seguimiento sobre los resultados y compromisos generados en espacios de diálogo con pueblos indígenas u originarios, que sean priorizados por la Comisión Multisectorial. f) Elaborar informes técnicos anuales, en el marco de las medidas y acciones priorizadas por la Comisión Multisectorial, orientadas a la atención integral de los pueblos indígenas u originarios y sus derechos colectivos. Artículo 4.- Secretaría Técnica La Comisión Multisectorial cuenta con una Secretaría Técnica, a cargo de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural del Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, encargada de brindar apoyo técnico y administrativo permanente a la Comisión Multisectorial. Artículo 5.- Colaboración, asesoramiento y apoyo5.1 La Comisión Multisectorial convoca, en calidad de invitados, a representantes de los gobiernos regionales y los gobiernos locales para que colaboren y apoyen en las acciones para el cumplimiento de su objeto y funciones. 5.2. La Comisión Multisectorial, previo acuerdo de sus miembros, puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de otras entidades públicas distintas de las contempladas en el numeral 2.1 del artículo 2, así como de instituciones privadas, organismos internacionales y expertos/as en materia de pueblos indígenas u originarios, entre otros, para coadyuvar al cumplimiento de su objeto y funciones. Artículo 6.- Designación de representantes6.1. Las entidades públicas mencionadas en el numeral 2.1 del artículo 2, designan a su representante alterno/a, mediante resolución de su Titular en un plazo máximo de cinco días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación del presente decreto supremo en el diario o fi cial “El Peruano”. Dicha designación es comunicada a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial el mismo día de realizada. 6.2. Las demás organizaciones acreditan a su representante alterno/a mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial, en un plazo máximo de cinco días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación del presente decreto supremo en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 7.- Instalación y Plan de Trabajo7.1 La Comisión Multisectorial se instala en un plazo no mayor de veinte días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación del presente decreto supremo en el diario o fi cial “El Peruano”. 7.2 La Comisión Multisectorial aprueba su plan de trabajo en un plazo no mayor de quince días hábiles, contado a partir de su instalación. Artículo 8.- Solicitud de Información Para el cumplimiento de sus funciones, la Comisión Multisectorial puede solicitar a cualquier entidad del Estado la documentación e información relacionada con su objeto y funciones. Las entidades del Estado deben entregar a la Comisión, a través de su Secretaría Técnica, la información que les sea solicitada, salvo las excepciones de Ley. Artículo 9.- Financiamiento9.1 El funcionamiento de la Comisión Multisectorial se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. 9.2 Asimismo, los gastos que involucre la participación de los/las integrantes que la conforman se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de la entidad a la cual pertenecen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.Artículo 10.- Publicación El presente decreto supremo se publica en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en los portales institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 11.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Cultura, el Ministro de Salud, el Ministro del Interior, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro del Ambiente, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministro de Educación y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Reglamento interno Dentro de los diez días hábiles siguientes a su instalación, la Comisión Multisectorial propone el reglamento interno al/a la Ministro/a de Cultura, quien lo aprueba mediante resolución ministerial. El reglamento interno establece la forma en que se realizan las convocatorias a las sesiones, así como el quórum necesario para su realización, e incluye las demás disposiciones para su correcto desarrollo y organización. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros GABRIEL QUIJANDRÍA ACOSTA Ministro del Ambiente ALEJANDRO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura FEDERICO TENORIO CALDERÓN Ministro de Desarrollo Agrario y Riego SILVANA VARGAS WINSTANLEY Ministra de Desarrollo e Inclusión Social RICARDO DAVID CUENCA PAREJA Ministro de Educación JAIME GÁLVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO Ministro del Interior SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ÓSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1938410-1