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25 NORMAS LEGALES Viernes 26 de marzo de 2021 El Peruano / por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 0785-2020-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 555-2017-MTC/01.02, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 065-2019-MTC/01, en los siguientes términos: “Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión. Establecer, para efectos del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, el monto de inversión a cargo de la empresa Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A. asciende a US$ 1 213 315 573,00 (Mil Doscientos Trece Millones Trescientos Quince Mil Quinientos Setenta y Tres y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), en un plazo total de nueve (09) años, siete (07) meses y cinco (05) días, contado desde el 20 de octubre de 2014, fecha de solicitud de suscripción del Contrato de Inversión.” Artículo 2.- Modi fi cación de la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción Modi fi car la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción, que como Anexos I y II, ha sido aprobada mediante el artículo 5 de la Resolución Ministerial Nº 555-2017-MTC/01.02, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 065-2019-MTC/01, incorporándose a la citada Lista los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas Establecer, para efectos del numeral 6.3 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, que la vigencia de la Lista bienes, servicios y contratos de construcción de los Anexos I y II adjuntos a la presente Resolución Ministerial, serán de aplicación a las solicitudes de devolución respecto a los servicios a partir del 30 de octubre de 2020, fecha de presentación de la solicitud de aprobación de la nueva Lista de servicios por la empresa Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A.; Artículo 4. - Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO I Nº CUODESUBPARTIDA ARANCELARIADESCRIPCIÓN ARANCEL 840 MAQUINARIA INDUSTRIAL 1 840 8421 11 00 00 - - Desnatadoras (descremadoras)2 840 8428 10 90 00 - - Ascensores y montacargas, excepto ascensores sin cabina ni contrapeso 920 EQUIPO RODANTE DE TRANSPORTE 3 920 8702 10 10 00 - - Vehículos automóviles para el transporte de un máximo de 16 personas, incluido el conductor, únicamente con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel). 4 920 8702 10 90 00 - - Vehículos automóviles para el transporte de más de 16 personas, incluido el conductor, únicamente con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel).Nº CUODESUBPARTIDA ARANCELARIADESCRIPCIÓN ARANCEL 5 920 8702 90 90 90 - - - Los demás 6 920 8716 39 00 00 - - Remolques y semirremolques para transporte de mercancías, excepto los autocargadores y autodescargadores, para uso agrícola, y las cisternas. 7 920 8903 92 00 00 - - Barcos de motor, excepto los de motor fueraborda 8 920 8904 00 90 00 - Remolcadores y barcos empujadores de registro superior a 50 t 9 920 8905 10 00 00 - Dragas 930 EQUIPO FIJO DE TRANSPORTE 10 930 8907 90 90 00 - - Los demás artefactos flotantes ANEXO II I. Servicios 1 Servicio de auditoría financiera y consultoría en general. 2 Servicio de auditoría para la construcción del proyecto.3 Servicio de instalación e implementación de sistemas de operación de terminal y otros sistemas informáticos. 4 Servicio de reubicación de tuberías submarinas de empresas pesqueras con plantas de harina de pescado. II. Actividades de construcción 1 Contrato de construcción para la habilitación de campamentos durante la ejecución del proyecto. 1938112-1 Aprueban ejecución de expropiación de área de inmueble afectado por la Obra: “Construcción y Mejoramiento de la Carretera Camaná – Dv. Quilca – Matarani – Ilo – Tacna, Sub Tramo 1: Matarani – El Arenal, Sub Tramo 2: El Arenal – Punta de Bombón” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 253-2021-MTC/01.02 Lima, 24 de marzo de 2021 VISTOS: Las Notas de Elevación Nº 049-2021- MTC/20 y 043 -2021-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la obra de Infraestructura Vial denominada: “Carretera Desvío Quilca – Matarani – Ilo”; y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el artículo 1 del Texto Ú nico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisició n y Expropiació n de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberació n de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecució n de obras de infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2020-VIVIENDA (en adelante, TUO de la Ley), indica que el Decreto Legislativo Nº 1192 establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles,