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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2021 (02/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Domingo 2 de mayo de 2021 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Ordenanza que aprueba la creación de la instancia distrital de concertación local para la erradicación de la violencia hacia la mujer e integrantes del grupo familiar del distrito de La Perla (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de La Perla, mediante O fi cio N° 011-2021-SG-MDLP, recibido el 30 de abril de 2021) ORDENANZA Nº 004-2020-MDLP La Perla, 6 de marzo de 2020EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA. VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 06 de Marzode 2020, el Dictamen Nº 003-2020, presentado por la Comisión Especial de la Mujer; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 28607 y Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo IV de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la fi nalidad de la Municipalidad es representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, la Ley Nº 30364, “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y el grupo familiar” y modi fi catorias, tiene por objeto prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia producida en el ámbito público y privado contra las mujeres por su condición de tales y contra los integrantes del grupo familiar; a través de mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención y protección de las víctimas así como reparación del daño causado; y dispone la persecución, sanción y reeducación de los agresores sentenciados con el fi n de garantizar a las mujeres y al grupo familiar una vida libre de violencia asegurando el ejercicio pleno de sus derechos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2016-MIMP, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30364, que establece que las Municipalidades Distritales, mediante una ordenanza, disponen la Creación de la Instancia Distrital de Concertación, la cual compone e integra el Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra la Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de prevención, atención, protección y reparación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, con el fi n de garantizar el derecho a una vida libre de violencia y de discriminación; Que, ante la problemática de Violencia contra la Mujeres e Integrantes del grupo familiar en el distrito, mediante O fi cio Nº 014-2019-MIMP-PNCVFS-CEM- CARMEN DE LA LEGUA/PROM, la responsable del Área preventiva promocional CEM Carmen de la Legua con Expediente Nº 5905 de la Subgerencia de Tramite Documentario de fecha 29 de mayo del 2019, con asunto modelo del Proyecto de Ordenanza que Aprueba la Creación de la Instancia Distrital de Concertación Local para la Erradicación de la Violencia hacia la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de La Perla, en marco de la Ley Nº 30364; Estando las opiniones de las áreas técnicas, contenidas en los Memorándum Nº 014-2019-CODISEC-GSC-MDLP, el Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, Informe Nº 111-2019-GDS-SGBSCIAM-MDLP, la Subgerencia de Bienestar social y CIAM, Informe Nº 050-2019-SGP-GPP de la Subgerencia de Planeamiento, Informe Nº 751-2019-GAJ/MDLP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye opinando por la viabilidad de Aprobar la Creación de la Instancia Distrital de Concertación en atención al marco legal vigente, además que no irrogara gasto al Estado y el Memorándum Nº 1761-2019-GM-MDLP de la Gerencia Municipal remite a Secretaria General, luego de haber revisado los actuados señalando que se ponga a conocimiento al Concejo Municipal; Que, mediante Dictamen Nº 003-2020 de la Comisión Especial de Regidores – Comisión de la Mujer, aprueba por UNANIMIDAD declara viable el Proyecto de “Ordenanza que Aprueba la Creación de la Instancia Distrital de Concertación Local para la Erradicación de la Violencia hacia la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de La Perla” por lo que dispone se eleve los actuados al Concejo Municipal a fi n de que el pleno en Sesión de Concejo adopte el Acuerdo que corresponda de conformidad con el Artículo 9º inciso 8) de la Ley 27972-“Ley Orgánica de Municipalidades”; Que, de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8 y 9 y el artículo 40º de la Ley 27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades”, con el VOTO POR UNANIMIDAD, el Pleno del Consejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN LOCAL PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR DEL DISTRITO DE LA PERLA Artículo Primero.- CRÉASE LA INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN LOCAL PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR DEL DISTRITO DE LA PERLA. Esta Instancia tiene como misión gestionar procesos de concertación, participación y coordinación interinstitucional para el desarrollo de procesos de formulación, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas encargadas de combatir la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar a nivel distrital y promover el cumplimiento de la Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y el grupo familiar, Ley Nº 30364 y su Reglamento. Artículo Segundo.- DECLARAR de prioridad Distrital la Creación de la Instancia Distrital de Concertación Local para la Erradicación de la Violencia hacia la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de la Perla, en el marco de la Ley Nº 30364 – “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y el grupo familiar” y modi fi catorias, que establece mecanismos, medidas y políticas integrantes de prevención, atención y protección de las victimas así como reparación del daño causado; y dispone la persecución, sanción y reeducación de los agresores sentenciados con el fi n de garantizar a las mujeres y al grupo familiar una vida libre de violencia asegurando el ejercicio pleno de sus derechos. Artículo Tercero.- La Instancia de Concertación Distrital está conformada por: 1. La Municipalidad Distrital, quien la preside. El cargo es indelegable, bajo responsabilidad. 2. La Gerencia de Desarrollo Social, quien asume la Secretaria Técnica. 3. La Sub Prefectura de La Perla.