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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2021 (03/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 22

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Lunes 3 de mayo de 2021 / El Peruano y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1. Creación Créase el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, denominado “Mesa Técnica de Trabajo para abordar la problemática del comercio en el conglomerado de Gamarra”, en adelante Mesa Técnica, dependiente del Ministerio de la Producción. Artículo 2. Objeto de la Mesa Técnica La Mesa Técnica tiene por objeto identi fi car soluciones a la problemática del comercio en el conglomerado de Gamarra, a fi n de fortalecer a las unidades económicas en su proceso de reactivación económica. Artículo 3. Funciones de la Mesa Técnica La Mesa Técnica tiene las siguientes funciones: a) Analizar e identi fi car los principales problemas, a fi n de de fi nir una agenda de trabajo conjunto entre los actores gremiales y las entidades del sector público, que considere aspectos vinculados al proceso de reactivación económica, entre otros. b) Establecer mecanismos de coordinación y articulación entre actores del sector público y actores gremiales, para la implementación de los acuerdos y de la agenda de trabajo conjunto. c) Proponer la metodología de intervención (talleres, capacitaciones, asesorías, entre otros) para el cumplimiento del objeto de la Mesa Técnica. d) Elaborar recomendaciones y proponer instrumentos para la implementación del reordenamiento y adecuación de espacios públicos que permitan el cumplimiento de los protocolos sanitarios, alineados a continuar con la promoción del comercio en el conglomerado de Gamarra. e) Generar acuerdos orientados a la solución de la problemática identi fi cada conjuntamente. f) Otras que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto, en el marco de las competencias de las entidades del sector público e instituciones que conforman la Mesa Técnica. Artículo 4. Conformación de la Mesa Técnica4.1 La Mesa Técnica está conformada por los representantes de las entidades e instituciones siguientes: - Un/a representante del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, quien lo preside; - Un/a representante del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; - Un/a representante del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; - Un/a representante del Viceministerio de Seguridad Pública del Ministerio del lnterior; - Un/a representante del Viceministerio de Salud Pública del Ministerio de Salud; - Un/a representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima; - Un/a representante de la Municipalidad Distrital de La Victoria; - Hasta once (11) representantes de los Gremios del conglomerado de Gamarra.4.2 Los miembros que conforman la Mesa Técnica ejercen su cargo ad honorem y su implementación no irroga gastos al Estado. Los representantes de los Gremios del conglomerado de Gamarra son invitados por el Ministerio de la Producción, a través del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, para conformar la Mesa Técnica. 4.3 Para el cumplimiento de sus funciones, la Mesa Técnica puede requerir a cualquier entidad del sector público, la documentación e información relacionada con su objeto, las cuales deben entregar al Grupo de Trabajo la información que les sea requerida por éste, salvo las excepciones de ley. Asimismo, puede solicitar la colaboración de entidades públicas en los distintos niveles de gobierno, así como de instituciones privadas y de la sociedad civil. Artículo 5. Designación de representantes Las entidades y los Gremios del conglomerado de Gamarra señalados en el numeral 4.1 del artículo 4 de la presente Resolución Ministerial designan a sus representantes titular y alterno/a, mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica de la Mesa Técnica, en un plazo máximo de dos (2) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6. Instalación6.1 La Mesa Técnica se instala dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. 6.2 Las sesiones de la Mesa Técnica pueden ser presenciales o virtuales. Artículo 7. Secretaría Técnica7.1 La Mesa Técnica cuenta con una Secretaría Técnica a cargo de la O fi cina de Articulación Intergubernamental y Prevención de Con fl ictos Sociales del Ministerio de la Producción. 7.2 La Secretaría Técnica convoca a sesiones de la Mesa Técnica y es responsable del registro y custodia de las actas o los acuerdos en cada una de ellas, así como de toda documentación que se genere durante su período de vigencia. 7.3 La Secretaría Técnica articula el intercambio de información entre sus integrantes; para tal efecto, coordina las acciones necesarias a fi n de coadyuvar al cumplimiento de las funciones encomendadas a la Mesa Técnica. 7.4 La Secretaria Técnica elabora y presenta, en la última sesión, el informe sobre los avance y logros de la Mesa Técnica en el cumplimiento de sus funciones. Artículo 8. Período de vigencia8.1 La Mesa Técnica tiene un período de vigencia de setenta y cinco (75) días calendarios contados a partir de su instalación. 8.2 Al término del período de su vigencia, el Ministerio de la Producción, a través del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, comunica a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, la extinción formal de esta. Artículo 9. Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR Ministro de la Producción 1949267-1