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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2021 (09/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Domingo 9 de mayo de 2021 El Peruano / signi fi cará un incremento en derechos de tramitación, corresponde que dicha modi fi cación sea aprobada por ordenanza municipal; Que, la Gerencia Municipal, mediante el Memorándum Nº 1251-2021-GM-MSS del 23.04.2021, manifestó su conformidad con la mencionada propuesta de ordenanza, la misma que se fundamenta en los documentos señalados anteriormente y solicitó la prosecución del trámite respectivo para su aprobación; Estando al Dictamen Conjunto Nº 09-2021-CGM- CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, al Informe Nº Nº 361-2021-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y demás actuados, en uso de las facultades establecidas en el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972; el Consejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVO – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado mediante la Ordenanza Nº 498-MSS, rati fi cado con Acuerdo de Concejo Nº 2358-MML y modi fi cado mediante Ordenanza Nº 588-MSS, rati fi cada con Acuerdo de Concejo Nº 583-MML, Decreto de Alcaldía Nº 36-2014-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 02-2015-MSS, Ordenanza Nº 555-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 01-2017-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 10-2017-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 25-2017-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 19-2018-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 07-2019-MSS, Ordenanza Nº 609-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 08-2020-MSS, Decreto de Alcaldía Nº 09-2020-MSS Decreto de Alcaldía Nº 14-2020-MSS y Ordenanza Nº 635-MSS , adecuándolo al Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM: “Decreto Supremo que aprueba procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Locales”, conforme al Anexo Nº 01 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR los derechos de tramitación de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad Estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones conforme al siguiente cuadro: ITEM DENOMINACIONDERECHO DE TRÁMITE (S/) 9.23INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES POSTERIOR AL INICIO DE ACTIVIDADES PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO BAJO 118.70 9.24INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES POSTERIOR AL INICIO DE ACTIVIDADES PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO 140.50 9.25INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDADES PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO ALTO 366.60 9.26INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDADES PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO 511.80 9.27RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO BAJO 114.40 9.28RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO 131.80 9.29RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO ALTO 371.90 9.30RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO 517.10 9.39EVALUACIÓN DE CONDICIONES DE SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOS (ECSE) CON UNA CONCURRENCIA DE HASTA 3,000 PERSONAS302.20 9.43 DUPLICADO DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES 41.70 Artículo Tercero.- ELIMINAR del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad de Santiago de Surco los siguientes procedimientos administrativos: • 9.39 Evaluación de Condiciones de Seguridad en Espectáculos Públicos Deportivos y No Deportivos que se realicen en una edi fi cación diseñada para tal fi n, que requieran el acondicionamiento o instalación de estructuras temporales que incidan directamente en el nivel de riesgo con el cual obtuvieron su certi fi cado de ITSE (hasta 3 000 personas) • 9.40 Evaluación de Condiciones de Seguridad en Espectáculos Públicos Deportivos y No Deportivos realizados en edi fi caciones o recintos cuya actividad es distinta a la fi nalidad para la cual se otorgó el certi fi cado de ITSE (hasta 3 000 personas). • 9.41 Evaluación de Condiciones de Seguridad en Espectáculos Públicos Deportivos y No Deportivos realizados en la vía pública en un área con fi nada con limitaciones o restricciones a la entrada y/o salida que incrementen el riesgo (hasta 3,000 personas). Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la Ordenanza y el Anexo Nº 01 en el Portal Institucional (www.munisurco.gob.pe). Artículo Quinto.- PUBLICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA y la disposición legal de modi fi cación en el Portal del Diario O fi cial El Peruano y adicionalmente difundirlo a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado y en el Portal Institucional peruano conforme con lo dispuesto en el inciso 44.3 del artículo 44º del TUO de la Ley Nº 27444. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Desarrollo Económico y la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 1951199-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales.