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68 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de mayo de 2021 / El Peruano Ratifican las Ordenanzas N°s. 387/MM y 401/MM de la Municipalidad Distrital de Miraflores ORDENANZA Nº 2351-2021 Lima, 20 de mayo de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 151-2020-MML-CMDUVN, de fecha 14 de octubre de 2020, el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta; Aprobó la siguiente:ORDENANZA QUE RATIFICA LAS ORDENANZAS N° 387/MM Y N° 401/MM DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES Artículo 1. Rati fi cación parcial de la Ordenanza N° 387/MM “Ordenanza que constituye y regula microzonas de valor urbanístico y ejes de aprovechamiento del potencial de desarrollo urbano en el distrito de Mira fl ores” Ratifi car la Ordenanza N° 387/MM, publicada el 25 de julio de 2012, que constituye y regula microzonas de valor urbanístico y ejes de aprovechamiento del potencial de desarrollo urbano en el distrito de Mira fl ores, de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores; excluyendo de los alcances de la rati fi cación lo siguiente: - El Plano (Lámina 04) que forma parte del Anexo N° 02, los predios ubicados en los Malecones Balta y 28 de Julio y la Av. Oscar R. Benavides (Diagonal) que no se indican en el “Listado de los ejes de aprovechamiento del Potencial de Desarrollo Urbano” – Anexo N° 02 de la Ordenanza N° 387/MM. - Los ejes de aprovechamiento del Potencial de Desarrollo Urbano, establecidos en el Anexo N° 02 de la Ordenanza N° 387/MM, al Malecón de la Marina, Malecón Cisneros, Malecón de la Reserva, Malecón Armendáriz, por encontrarse enmarcados en las disposiciones de la Ordenanza N° 2184 (que declara la intangibilidad de los acantilados de la Costa Verde). Artículo 2. Rati fi cación de la Ordenanza N° 401/ MM “Ordenanza que establece disposiciones de aplicación a la Ordenanza Nº 387/MM, que constituye y regula microzonas de valor urbanístico y ejes de aprovechamiento del potencial de desarrollo urbano en el distrito de Mira fl ores” Ratifi car la Ordenanza N° 401/MM, que establece disposiciones de aplicación de la Ordenanza Nº 387/MM, que constituye y regula microzonas de valor urbanístico y ejes de aprovechamiento del potencial de desarrollo urbano en el distrito de Mira fl ores, publicada el 13 de mayo de 2013. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Segunda.- Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como disponer su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1956061-4 Aceptan donación de la Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales Perú - ADRA, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima ACUERDO DE CONCEJO N° 180 Lima, 20 de mayo de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: La Carta N° DG 0334/2020 de la Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales Perú – ADRA, el Informe Técnico N° 009-2020-MML-GA-SLC-ABMI del Área de Bienes Muebles e Inventario de la Subgerencia de Logística Corporativa, el Memorando N° D000164-2021-MML-GA de la Gerencia de Administración, el Informe N° D000042-2021-MML-GP-SCTI de la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional, el Memorando Circular N° D000020-2021-MML-GP de la Gerencia de Plani fi cación y el Informe N° D000276-2021-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el numeral 20 del artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala como atribución del Concejo Municipal, aceptar donaciones, legados y otras liberalidades. El Código Civil Peruano en su artículo 1621 de fi ne a la fi gura de la donación como el acto a través del cual el donante se obliga a transferir gratuitamente al donatario la propiedad de un bien; Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Metropolitana N° 026-2020-MML/GMM, de fecha 10 de febrero de 2020, y recti fi cada por Resolución de Gerencia Municipal Metropolitana N° 036-2020-MML/GMM, de fecha 03 de marzo de 2020, se aprobó la Directiva N° 002-2020-MML/GP (en adelante la Directiva), que regula las “Normas y Procedimientos para tramitar donaciones a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima”, en la que se detalla el procedimiento y los documentos que se deben recabar para aceptar donaciones; Que, la Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales Perú - ADRA, mediante Carta N° DG 0334/2020 de fecha 11 de noviembre de 2020, mani fi esta su interés en donar a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, once (11) módulos de lavado de manos, once (11) parlantes, veintidós (22) banners informativos, además del servicio de personal para capacitación y spot radial, por una suma total de S/ 132,508.10 (Ciento Treinta y Dos Mil Quinientos Ocho con 10/100 Soles); Que, el Área de Bienes Muebles e Inventario de la Subgerencia de Logística Corporativa a través del Informe Técnico N° 009-2020-MML-GA-SLC-ABMI de fecha 30 de noviembre de 2020, señala que el procedimiento de