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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2021 (26/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de mayo de 2021 / El Peruano Ordenanza Regional que deroga las Ordenanzas Regionales N° 134-AREQUIPA, N° 037-AREQUIPA, N° 039-AREQUIPA, N° 041-AREQUIPA, N° 042-AREQUIPA Y N° 104-AREQUIPA ORDENANZA REGIONAL Nº 454-AREQUIPA El Consejo Regional de ArequipaHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Que, por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Ley N° 27783 / Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA. SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE DEROGA LAS ORDENANZAS REGIONALES N° 134-AREQUIPA, N° 037-AREQUIPA, N° 039-AREQUIPA, N° 041-AREQUIPA, N° 042-AREQUIPA Y N° 104-AREQUIPA” Artículo Único.– DE LA DEROGACIÓN DERÓGASE la Ordenanza Regional N° 134-AREQUIPA, que declara de carácter ininterrumpido los contratos de los señores docentes del Programa Especial de Educación Física de la Gerencia Regional de Educación; asimismo, deróguese las Ordenanzas Regionales N° 037-AREQUIPA, N° 039-AREQUIPA, N° 041-AREQUIPA, N° 042-AREQUIPA y N° 104-AREQUIPA, así como sus normas complementarias y conexas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- DE LA VIGENCIA DE LA NORMA La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Segunda.– DE LA PUBLICACIÓN DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario O fi cial “El Peruano”, como en el Diario de Avisos Judiciales. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los siete días del mes de mayo del 2021. SANTIAGO NEYRA ALMENARA Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veinte días del mes de mayo del dos mil veintiuno. ELMER CACERES LLICA Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa 1955901-2 Aprueban el Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Regional de Arequipa DECRETO REGIONAL N° 001-2021-AREQUIPA APROBACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN AMBIENTAL REGIONAL DE AREQUIPA EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPACONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional N° 108-AREQUIPA de fecha 28 de abril del 2010, se conforma la Comisión Ambiental Regional Arequipa, como órgano consultivo para la coordinación y concertación de la política y los planes en materia de gestión ambiental, se aprueba sus funciones generales, su composición, siendo la Comisión Ambiental Regional, la que represente a las instituciones públicas y privadas con responsabilidad, competencia e interés en la problemática ambiental del departamento de Arequipa. Que, mediante Ordenanza Regional N° 145-AREQUIPA de fecha 21 de setiembre de 2012, se aprobó la modi fi cación de la Ordenanza Regional N° 108-AREQUIPA en sus artículos 5°, 6°, 7° y la primera disposición complementaria fi nal referido a sus funciones, composición y disposiciones complementarias. Que, mediante Ordenanza Regional N° 312-AREQUIPA, de fecha 28 de setiembre del 2015 se aprobó la modi fi cación de los artículos 5° y 6° de lo dispuesto en el Anexo de la Ordenanza Regional 108-AREQUIPA, modi fi cado por Ordenanza Regional N° 145-AREQUIPA. Que, a través de la Ordenanza Regional N.º 434-AREQUIPA, de fecha 20 de octubre del 2020, se aprobó la modi fi cación de la Creación de la Comisión Ambiental Regional de Arequipa. En el artículo 8 de la misma se encarga a la Gerencia General Regional y a la Autoridad Regional Ambiental – ARMA su implementación; a su vez la Primera Disposición Complementaria Final, dispone que el Gobierno Regional de Arequipa podrá dictar disposiciones complementarias necesarias para la aplicación de la misma. Que, la Autoridad Regional Ambiental – ARMA, alcanza para su aprobación, el proyecto de Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Regional de Arequipa; presentando el Ofi cio N° 00672-2019-MINAM/VMGA/DGPIGA de fecha 11 de diciembre del 2019, a través de la cual se emite opinión favorable a la propuesta del Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Regional de Arequipa. Que, el artículo 40 y 42 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto de los Decreto Regionales establece: “Artículo 40.- Decretos Regionales Los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Presidencia Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales. (…)Artículo 42.- Publicidad de las normas regionales La norma regional de alcance general es obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, salvo plazo distinto expresamente señalado en la misma, debiendo publicarse además en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región. Deben incluirse además en el portal electrónico del Gobierno Regional. Los Acuerdos del Consejo Regional y los Decretos Regionales son publicados de acuerdo al reglamento que dicte el Gobierno Regional y se difunden en su portal electrónico.” Que, a través del Informe N° 42-2021-GRA-ORPPOT/ OPDI, de la O fi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional y el Informe N° 352 -2021-GRA/ORAJ de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, se opina favorablemente respecto del Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Regional de Arequipa alcanzado. Que estando a lo aprobado en Sesión de Directorio de Gerentes de fecha 14 de abril del 2021; y en uso de las atribuciones conferidas por el literal d) del artículo 21 de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el artículo 40 del mismo marco legal. DECRETA:Primero.- Aprobar el Reglamento de la Comisión Ambiental Regional de Arequipa, el cual contiene XI Capítulos, 53 Artículos y 03 disposiciones Finales