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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (04/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Jueves 4 de noviembre de 2021 El Peruano / y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de las Áreas de los Inmuebles y de los Valores de las Tasaciones Aprobar la ejecución de la expropiación de las áreas de los inmuebles afectados por la Obra: “ Construcción de la Vía Evitamiento de la Ciudad de Juliaca” y los valores de las Tasaciones, ascendentes a S/ 70 154,26 (SETENTA MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO CON 26/100 SOLES) correspondiente al código JUL-RN-328, S/ 12 929,30 (DOCE MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE CON 30/100 SOLES) correspondiente al código JUL- RN-361, S/ 23 182,41 (VEINTITRES MIL CIENTO OCHENTA Y DOS CON 41/100 SOLES) correspondiente al código JUL-RN-363 y S/ 27 616,84 (VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 84/100 SOLES) correspondiente al código JUL-RN-434, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contengan las Partidas Registrales de las áreas de los inmuebles afectados 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas expropiadas de los bienes inmuebles a favor del bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral de las áreas de los bienes inmuebles a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP inscriba a favor del bene fi ciario las áreas de los bienes inmuebles expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Dis poner que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas de los bienes inmuebles dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse las áreas de los inmuebles desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “CONSTRUCCIÓN DE LA VÍA DE EVITAMIENTO DE LA CUIDAD DE JULIACA” NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIO- NES - PROVIAS NACIONALTERESA CENTENO DE MAMANI JUDY MAMANI CENTENO GUIDO MAMANI CEN- TENO TANIA MONICA MAMANI CENTENO TONY YORDAN MAMANI CENTENO GLADYS MAMANI CENTENO NANCY MAMANI CEN- TENO MARILUZ NURY MAMANI CENTENO HERNANDO CAÑIHUA MAMANI ANDRE HAZIEL CAÑIHUA MAMANI KATHERINE MELANY CAÑIHUA MAMANICÓDIGO: JUL-RN-328 ÁREA AFECTADA: 1,439.24 m² AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 70 154,26LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 - Norte: Área remanente. Longitud 31.14 m.ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 31.14 372399.5789 8290225.7114 - Sur: Área remanente. Longitud 26.27 m.2 2-3 63.17 372422.6975 8290246.5793 3 3-4 26.27 372427.5385 8290183.5924 - Este: El predio de: Centeno Apaza, Candela- ria; Zela Zapana, Leandro. Longitud 63.17 m.4 4-5 56.05 372408.0395 8290165.9918 5 5-1 4.27 372400.0479 8290221.4659 - Oeste: El predio de: Benique Puntaca Vda de Sanca, Natividad; Sanca Calla, Andrés. Longitud 60.32 m. PARTIDA REGISTRAL: 05084346 pertene- ciente a la O fi cina Registral de Juliaca – Zona Registral N° XIII - Sede Tacna. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 05.02.2019 (Informe Téc-nico N° 001742-2020-Z.R.N°XIII-SEDE-TAC-NA-UREG/CAT emitido por el área de catastro de la O fi cina Registral de Juliaca – Zona Regis- tral N° XIII - Sede Tacna.Informe N°133-2021-MTC-20.11/CAGQ de fecha 15.06.2021, suscrito por el Veri fi cador Catastral.