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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (04/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Jueves 4 de noviembre de 2021 El Peruano / Que, mediante Decreto de Urgencia N° 035-2019, publicado el 26 de diciembre de 2019, se prorrogó, hasta el 31 de enero de 2020 el encargo efectuado en la Única Disposición Transitoria de la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el FISE, concluyendo de esta forma y en aquella fecha, el encargo a Osinergmin de revisar las liquidaciones, aprobar el programa de transferencias y administrar el FISE; Que, en cumplimiento del citado Decreto de Urgencia N° 035-2019, con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo de Osinergmin N° 008-2020-OS/PRES, publicada el 1 de febrero de 2020, se aprobó la entrega de recursos del FISE al Ministerio de Energía y Minas en su condición de Administrador del referido fondo, toda vez que al 01 de febrero de 2020 correspondía asumir al referido Ministerio la administración del FISE; Que, en virtud de lo indicado en los considerandos precedentes, corresponde a Osinergmin como autoridad administrativa, aprobar los costos administrativos y operativos del FISE para el mes de agosto de 2021, luego de la revisión efectuada, a fi n de que se proceda a transferir del Fondo los montos aprobados a favor de las distribuidoras eléctricas; Que, conforme al artículo 9 de la Ley 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y el artículo 2 del Decreto de Urgencia 035-2019, ha concluido el encargo a Osinergmin a que se re fi ere el Artículo 19.3 de la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas”, aprobada con Resolución Osinergmin N° 187-2014-OS/CD; en consecuencia, corresponde al Ministerio de Energía y Minas, efectuar la instrucción de orden de pago para efectos del reembolso a que se re fi ere la presente resolución; Que, fi nalmente, se ha expedido el Informe Técnico N° 697-2021-GRT y el Informe Legal N° 546-2021-GRT de la Gerencia de Regulación de Tarifas, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; en el Artículo 3 de la Resolución Osinergmin N° 133-2016-OS/CD; y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modi fi catorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de costos administrativos FISE Aprobar los costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de agosto de 2021, de acuerdo con lo siguiente: EmpresaMonto total (Soles) Adinelsa 25 636,20 Chavimochic 5 344,00 Coelvisac 4 621,03 Eilhicha 6 475,88 Electro Dunas 17 312,47Electro Oriente 265 648,82Electro Pangoa 2 412,72Electro Puno 107 888,55Electro Sur Este 214 887,58Electro Tocache 6 691,90EmpresaMonto total (Soles) Electro Ucayali 27 227,17 Electrocentro 240 505,12Electronoroeste 36 289,90Electronorte 104 747,17Electrosur 10 489,16Emsemsa 4 498,10Emseusac 6 370,10Enel Distribución Perú 59 002,05Esempat 1 200,00Hidrandina 203 830,40Luz del Sur 21 990,31Seal 26 736,06Sersa 4 272,50TOTAL 1 404 077,18 Artículo 2.- Instrucción de orden de pago A efectos de los reembolsos de los gastos reconocidos en la presente resolución, la instrucción de orden de pago la realizará el Ministerio de Energía y Minas, conforme al artículo 9 de la Ley 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético. Artículo 3.- Publicación de la resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2021.aspx, conjuntamente con el Informe Técnico N° 697-2021-GRT y el Informe Legal N° 546-2021-GRT, que forman parte integrante de esta resolución. LUIS GRAJEDA PUELLES Gerente de Regulación de Tarifas Osinergmin 2007282-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Designan Director de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 128-2021-PROMPERU/PE Lima, 3 de noviembre del 2021VISTO: El Memorándum N°782-2021-PROMPERU/ GG-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, se aprobó el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, en cuyos artículos 73 y 74 se describen las competencias y funciones de la Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de PROMPERÚ, aprobado por Resolución Ministerial N° 107-2020-MINCETUR y