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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (04/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Jueves 4 de noviembre de 2021 El Peruano / ANEXO N° 01 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS” Nº.ENTIDAD EJECUTORANOMBRE DE LA ACTIVIDAD MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 01MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LEONCIO PRADOCAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA DE LA CADENA DE VALOR DE PRODUCTOS ALTERNATIVOS SOSTENIBLES DE CAFÉS ESPECIALES EN LA PROVINCIA DE LEONCIO PRADO - HUÁNUCO.600,000.00 TOTAL 600,000.00 2007657-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ES TATALES Designan Director de Normas y Registro de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales RESOLUCIÓN Nº 099-2021/SBN San Isidro, 3 de noviembre de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución N° 081-2021/SBN del 20 de setiembre de 2021, se designó, a la abogada Estefanía Aleli Manzaneda Pineda en el cargo de con fi anza de Directora de Normas y Registro de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación señalada en el considerando precedente; Con el visado de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y en uso de la atribución conferida por el literal k) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2010-VIVlENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la abogada ESTEFANIA ALELI MANZANEDA PINEDA en el cargo de con fi anza de Directora de Normas y Registro de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR al abogado JOSÉ FELISANDRO MAS CAMUS en el cargo de con fi anza de Director de Normas y Registro de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Artículo 3.- DISPONER que la Gerencia General efectúe la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la entidad (www.sbn.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CYNTIA RAQUEL RUDAS MURGA Superintendenta Nacional de Bienes Estatales 2007545-1ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban los costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de agosto de 2021 RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 080-2021-OS/GRT Lima, 28 de octubre de 2021CONSIDERANDO:Que, con la Ley N° 29852 (en adelante la Ley) se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3 un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg; Que, las distribuidoras eléctricas, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento; y los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por Osinergmin en que incurran dichas empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, con Resolución Osinergmin N° 187-2014-OS/CD, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 24 de setiembre de 2014, se aprobó la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas” (en adelante la “Norma Costos FISE”), la misma que estableció la fi jación de costos estándares unitarios para el reconocimiento de los costos de implementación y operación del FISE; Que, mediante Resolución Osinergmin N° 012-2019- OS/GRT, se aprobaron los costos estándares unitarios de cada una de las zonas de atención FISE aplicables, a cada distribuidora eléctrica, a partir del 16 de mayo de 2019 hasta el 15 de mayo de 2021; y mediante la Resolución Osinergmin N° 029-2021-OS/GRT se aprobaron los costos estándares unitarios que son vigentes desde el 16 de mayo de 2021 hasta el 15 de mayo de 2023 o dentro de ese periodo, hasta que concluya el Encargo Especial asignado a las empresas estatales; según se trate de una empresa concesionaria privada o una empresa concesionaria de distribución de energía eléctrica del Estado, respectivamente; Que, considerando las fechas en que incurrieron en sus costos, las distribuidoras eléctricas Adinelsa, Chavimochic, Coelvisac, Eilhicha, Electro Dunas, Electro Oriente, Electro Pangoa, Electro Puno, Electro Sur Este, Electro Tocache, Electro Ucayali, Electrocentro, Electronoroeste, Electronorte, Electrosur, Emsemsa, Emseusac, Enel Distribución Perú, Esempat, Hidrandina, Luz del Sur, Seal y Sersa han remitido los Formatos FISE 12-A, 12-B, 12-C y 12-D según lo dispuesto en la Norma Costos FISE; Que, los formatos remitidos contienen información hasta el mes de agosto de 2021 sobre los costos administrativos y operativos en los que han incurrido para implementar y operar el FISE;