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10 NORMAS LEGALES Martes 9 de noviembre de 2021 El Peruano / PCD y modi fi cada por Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017- CEPLAN/PCD, Nº 00053-2018/CEPLAN/PCD y Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD, el Plan Operativo Institucional - POI es un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la identi fi cación de la estrategia institucional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1437-2020-IN se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2021 del Ministerio del Interior, en concordancia con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2021. El POI se articula con el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2024, el cual a su vez se articula con el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-2021 del Sector Interior con extensión de temporalidad hasta el 2024; Que, posteriormente, mediante Resolución de Secretaría General N° 0047-2021-IN- SG, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2021 (Primera Modi fi cación) del Ministerio del Interior; Que, en aplicación de lo previsto en el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional, el POI Anual en ejecución se modi fi ca cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y, b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, conforme al numeral a) del artículo 38 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto tiene por función, entre otras, dirigir la formulación, evaluación y/o actualización del Plan Estratégico Sectorial Multianual, Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional del Ministerio del Interior, que incluye a la Policía Nacional del Perú, en el marco de las normas y lineamientos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y de las políticas nacionales y sectoriales; Que, asimismo, de acuerdo con el literal d) del artículo 41 del referido Texto Integrado, la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto tiene, entre otras, la función de formular, monitorear y evaluar el Plan Estratégico Sectorial Multianual, el Plan Estratégico y el Plan Operativo Institucional; Que, a través del Informe N° 000141-2021/IN/ OGPP/OPE, la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto propone la aprobación del Plan Operativo Institucional 2021 (Segunda Modi fi cación) del Ministerio del Interior, cuyas modi fi caciones se justi fi can principalmente en las modi fi caciones presupuestarias que implicaron cambios en la programación física y fi nanciera de algunas actividades, la incorporación de actividades operativas nuevas y la reprogramación de las metas físicas y de los saldos presupuestales no ejecutados en el primer semestre; asimismo, mediante Memorando N° 001309-2021/IN/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el mencionado informe; Que, mediante Resolución Ministerial N° 335-2018-IN, se constituyó la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio del Interior, de naturaleza permanente, la misma que fue actualizada en su conformación mediante la Resolución Ministerial N° 1966-2019- IN; Que, con Acta de Sesión de fecha 6 de octubre de 2021, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio del Interior validó la propuesta de Plan Operativo Institucional 2021 (Segunda Modi fi cación) del Ministerio del Interior; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 0713- 2021-IN que delega funciones y competencias asignadas al Titular del Pliego en diversos órganos del Ministerio del Interior, se delega en el/la Secretario/a General del Ministerio del Interior la facultad de aprobar las modi fi caciones del Plan Operativo Institucional; Que, mediante Informe Nº 001541-2021/IN/OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica señala que, resulta legalmente viable emitir la Resolución de Secretaría General que aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2021 (Segunda Modi fi cación) del Ministerio del Interior; Con el visado de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 1520-2019- IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2021 (Segunda Modi fi cación) del Ministerio del Interior, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto la difusión, el seguimiento y la evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) 2021 (Segunda Modi fi cación) del Ministerio del Interior. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como la publicación de la Resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter). Regístrese, comuníquese y publíquese.VÍCTOR PERCY VILLANUEVA VILLANUEVA Secretario General 2009028-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2021 Modificado Versión 1 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0214-2021-JUS Lima, 8 de noviembre de 2021VISTOS, el Informe N° 0333-2021-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 859-2021-JUS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se creó el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a