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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (09/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Martes 9 de noviembre de 2021 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú, dispone lo siguiente: “La Biblioteca Nacional del Perú tiene personería jurídica pública, autonomía económica, administrativa y fi nanciera y ajusta su actuación a lo dispuesto en la presente la presente ley y a la Ley 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, y normas aplicables que regulan el sector cultura”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 153-2018- MC de fecha 25 de abril de 2018, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, con Resoluciones Jefaturales Nos. 070-2018- BNP, 046-2020-BNP y 194-2020-BNP se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, a través de la Resolución de Gerencia General N° 000052-2021-BNP-GG de fecha 01 de julio de 2021, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional y se formalizó la versión actualizada del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000070-2021-SERVIR-PE se formaliza la aprobación de la “Directiva N° 003-2021-SERVIR-GDSRH Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad”; asimismo, se formaliza la derogación de la “Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad–CPE” y sus modi fi caciones, a excepción del Anexo Nº 04–Sobre el CAP Provisional; Que, el numeral 1.3 del Anexo N° 4 de la “Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad–CPE”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, establece que: “Las entidades que cuenten con un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) vigente pueden elaborar una propuesta de CAP Provisional en el que considere un ajuste de hasta por un máximo del 5% del total de cargos aprobados por la entidad para el inicio del año fi scal. En caso la entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento también hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso se deben seguir los lineamientos (sic) establecidos en el numeral 5 del presente anexo. En ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto”; Que, en tal sentido, el numeral 5 del Anexo N° 4 de la mencionada Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH indica que: “El reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: “n° de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargo de con fi anza”, y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del presente anexo”; asimismo, el precitado numeral estipula que: “El reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional. El reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la o fi cina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la o fi cina de racionalización, o quien haga sus veces”; Que, mediante Informe Técnico N° 000164-2021-BNP- GG-OA-ERH de fecha 04 de noviembre de 2021, el Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración presentó la propuesta del reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional–CAP Provisional de la Biblioteca Nacional del Perú, a fi n de deshabilitar la condición de Cargo de Con fi anza (Directivo Superior de Libre Designación y Remoción) con número de orden 072 (Coordinador/a de Administración Financiera) para habilitar el número de orden 073 (Coordinador/a de Operaciones y Mantenimiento); Que, por medio del Informe Técnico N°000076-2021- BNP-GG-OPP-EMO de fecha 04 de noviembre de 2021, el Equipo de Trabajo de Modernización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión favorable a la citada propuesta, precisando que no genera incremento en el presupuesto de la entidad; Que, mediante Informe Legal N° 000244-2021-BNP- GG-OAJ de fecha 05 de noviembre de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica emitió opinión en el marco de sus competencias, recomendando la emisión del correspondiente acto resolutivo; Que, de acuerdo al literal i) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos se entiende que el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC, establece que la Gerencia General es la máxima autoridad administrativa de la entidad; Con el visado de la O fi cina de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración y el Equipo de Trabajo de Modernización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo prescrito en el Anexo N° 04 de la “Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad–CPE”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Gerencia General N° 000052-2021-BNP-GG de fecha 01 de julio de 2021. Artículo 2.- APROBAR el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP provisional) de la Biblioteca Nacional del Perú, que como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 3.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FELIPE PALOMARES VILLANUEVA Gerente General 2008992-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban la incorporación del Anexo N° 02 denominado “Tarifario de Procedimientos Médicos y Sanitarios para el Tercer nivel de Atención” a la R.J. N° 017-2019/SIS y sus modificatorias RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 161-2021/SIS Lima, 8 de noviembre de 2021