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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (09/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Martes 9 de noviembre de 2021 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de las áreas de los Inmuebles y de los Valores de las Tasaciones Aprobar la ejecución de la expropiación de las áreas de cinco (05) inmuebles afectados por la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la carretera Trujillo – Shirán – Huamachuco, Tramo: Dv. Otuzco – Dv. Callacuyan, y los valores de las Tasaciones, ascendentes a S/ 12 478,40 (DOCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO CON 40/100 SOLES) correspondiente al código OTUZ-T-027, S/ 1 727,60 (MIL SETECIENTOS VEINTISIETE CON 60/100 SOLES) correspondiente al código OTUZ-T-028, S/ 4 539,70 (CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 70/100 SOLES) correspondiente al código OTUZ-T-052 S/ 3 449.90 (TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 90/100 SOLES) correspondiente al código OTUZ-T-055 y S/ S/ 5 546, 40 (CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 40/100 SOLES) correspondiente al código OTUZ-T-257, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación de los Valores de las Tasaciones Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, los montos de los valores de las Tasaciones a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas expropiadas de los bienes inmuebles a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contengan las Partidas Registrales, respecto de las áreas afectadas. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con los valores de las Tasaciones pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral de las áreas de los bienes inmuebles a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP inscriba a favor del bene fi ciario las áreas expropiadas de los bienes inmuebles, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas de los bienes inmuebles afectados dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse las áreas de los inmuebles desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas expropiadas de los bienes inmuebles. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO 01 VALOR DE LA TASACIÓN DE LAS ÁREAS DE LOS INMUEBLES AFECTADOS POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: Proyecto vial de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Trujillo-Shiran-Huamachuco, Tramo: Dv. Otuzco - Dv. Callacuyan No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) CÓDIGO: OTUZ–T–027AREA AFECTADA "A": 2,336.00 m2AFECTACIÓN: Parcial AREA AFECTADA "B": 99.00 m2COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE ÁREA AFECTADA "A" LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: VERTICE LADO DISTANCIACOORDENADAS UTM AGREDA PASTOR, ROSA MARIAWGS 84 ALVARADO RODRIGUEZ, ESTE (X) NORTE (Y) JOSE Norte: Carretera Dv. Otuzco - Dv. Callacuyan . 1 1-2 8.10 768386.6914 9121888.9259 MINISTERIO DE CASTRO HARO, MARTHA Sur: Carretera Dv. Otuzco - Dv. Callacuyan . 2 2-3 9.89 768380.5237 9121894.1750 TRANSPORTES Y LOYAGA DE ALVARADO, Este : Carretera Dv. Otuzco - Dv. Callacuyan . 3 3-4 8.05 768372.1379 9121899.4239 1COMUNICACIO- NES - PROVIASFIDENCIA J. LOYAGA MARIÑOS, Oeste : con el área remanente del mismo predio de unidad catastral 036676.4 4-5 8.30 768365.0465 9121903.2330 12,478.40 NACIONAL LEONCIO LOYAGA MARIÑOS, 5 5-6 5.99 768357.3121 9121906.2424 VICTOR ELADIO 6 6-7 16.95 768351.5316 9121907.8220 7 7-8 1.33 768344.2525 9121892.5194 8 8-9 9.54 768345.4410 9121891.9262 9 9-10 10.00 768354.3980 9121888.6428 10 10-11 10.00 768363.4010 9121884.2860 11 11-12 10.00 768372.3415 9121879.8061