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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (09/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Martes 9 de noviembre de 2021 El Peruano / Resolución N° 951-2019/MINSA, ya no sería exigible que la aprobación de sus tarifas sea adecuada a lo dispuesto en la norma acabada de mencionar, pues ya se hizo esta aprobación de Tarifas conforme al marco normativo que estuvo vigente en fecha anterior; además que esta norma tampoco exige la actualización de los tarifarios ya aprobados o actualizados con acto resolutivo (…).”; Que, mediante el Informe N° 001-2021-SIS-FISSAL/ DICOE-DIF-YTFB-RECR con Proveído Conjunto N° 012-2021-SIS-FISSAL/DICOE-DIF, la Dirección de Cobertura y Evaluación de Prestaciones de Alto Costo y la Dirección de Financiamiento de Prestaciones de Alto Costo del Fondo Intangible Solidario de Salud–FISSAL han efectuado la revisión, evaluación y validación de los procedimientos médicos y sanitarios remitidos por el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas–INEN, en base a la normativa vigente, de los cuales ciento cuatro (104) cumplen con los criterios para continuar con el trámite correspondiente para la incorporación al tarifario SIS; Que, a través del Informe N° 045-2021-SIS/GREP- SGO-FTS con Proveído N° 633-2021-SIS/GREP, la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones – GREP en base a la validación realizada por el FISSAL y en el marco de sus competencias, ha validado las estructuras de costos remitidas por el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y emite opinión favorable para que ciento cuatro (104) procedimientos médicos y sanitarios sean incorporados en el tarifario institucional del SIS para el tercer nivel de atención en Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas; Que, mediante el Informe Conjunto N° 005-2021-SIS/ GNF-SGF/ARC-NLP con Proveído N° 1311-2021-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento–GNF en el marco de sus competencias, realiza la observación que de los ciento cuatro (104) procedimientos médicos y sanitarios propuestos por el FISSAL y validados por la GREP, no se ha encontrado tarifas para dos (02) procedimientos; motivo por el cual, emite opinión técnica favorable para ciento dos (102) procedimientos médicos y sanitarios, resaltando que “la metodología para la elaboración de las estructuras de costos evaluadas por el FISSAL sigue los lineamientos de la Resolución Ministerial N° 1032-2019/MINSA y se sustentan bajo Procedimientos Normalizados de Trabajo (PNT) aprobados con Resoluciones Jefaturales emitidas por el INEN, así como en la corroboración de algunos costos con Órdenes de Compra respectivas”; Que, con Informe N° 071- 2021-SIS/OGPPDO-DADZ con Proveído N° 197 -2021-SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional – OGPPDO emite opinión técnica favorable para la aprobación de la incorporación del Anexo N° 2 denominado “Tarifario de Procedimientos Médicos y Sanitarios para el Tercer nivel de Atención” a la Resolución Jefatural N° 017-2019/SIS y sus modi fi catorias aprobadas con Resolución Jefatural N° 099-2019/SIS y Resolución Jefatural N° 147-2020/SIS; Que, mediante Informe N° 025-2021-SIS/OGAJ-DE- CIVCH con Proveído N° 523-2021-SIS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en atención a las opiniones técnicas favorables del FISSAL, GREP, GNF y OGPPDO, y conforme al marco normativo aplicable, considera viable, desde el punto de vista legal, emitir la Resolución Jefatural que apruebe la incorporación del Anexo N° 02 denominado “Tarifario de Procedimientos Médicos y Sanitarios para el Tercer nivel de Atención” a la Resolución Jefatural N° 017-2019/SIS y sus modi fi catorias aprobadas con Resolución Jefatural N° 099-2019/SIS y Resolución Jefatural N° 147-2020/SIS; Con el visto de la Jefa (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud, del Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, de la Directora General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la incorporación del Anexo N° 02 denominado “Tarifario de Procedimientos Médicos y Sanitarios para el Tercer nivel de Atención” a la Resolución Jefatural N° 017-2019/SIS y sus modi fi catorias aprobadas con Resolución Jefatural N° 099-2019/SIS y Resolución Jefatural N° 147-2020/SIS, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento en coordinación con la O fi cina General de Tecnología de la Información, la implementación y ejecución de las disposiciones contenidas en la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA MELBA MÁ CÁRDENAS Jefa del Seguro Integral de Salud ANEXO N° 02 TARIFARIO DE PROCEDIMIENTOS MÉDICOS Y SANITARIOS PARA EL TERCER NIVEL DE ATENCIÓN N° CPMS DESCRIPCIÓNTarifa S/ III nivel 1 86945 Irradiación de producto sanguíneo, cada unidad 64.88 2 77285Establecimiento de campos asistido por simulación de radiología terapéutica; intermedia69.66 3 77290 Establecimiento de campos asistido por simulación de radiología terapéutica; compleja 69.66 4 76499.02 Plani fi cación Bidimensional (2D con Electrones) 79.87 5 77295 Planeamiento tridimensional de radioterapia, incluyendo histogramas de dosis-volumen 79.87 6 77301Plan de radioterapia de intensidad modulada, incluyendo histogramas dosis-volumen histogramas para el objetivo y especi fi caciones de tolerancia parcial de la estructura critica79.87 7 76499.04 Plani fi cación Srs (Radiocirugía) 79.87 8 77263.01Plani fi cación físico-médica de radioterapia estereotáxica fraccionada cerebral y corporal (SRT-SBRT)79.87 9 77305Teleterapia, plan de isodosis (calculado a mano o con computador); sencilla (una apertura o dosaperturas paralelas opuestas sin modi fi cación dirigidas a una sola zona de interés)109.83