TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Martes 9 de noviembre de 2021 El Peruano / del Indecopi, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033 y modi fi catorias y el literal e) del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución Nº 063-2021-PRE/INDECOPI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora Karla Mariela Urdiales Adrianzén en el cargo de Jefa de la O fi cina de Promoción y Difusión, con efectividad al 8 de noviembre de 2021. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Recursos Humanos realizar las gestiones necesarias para la efi cacia de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILAGRITOS PILAR PASTOR PAREDES Gerenta General 2009002-1 Designan Asesor de la Gerencia General RESOLUCIÓN Nº 000279-2021-GEG/INDECOPI San Borja, 05 de noviembre del 2021VISTOS:El Memorándum Nº 000658-2021-GEG/INDECOPI, el Informe Nº 000243-2021-ORH/INDECOPI y el Informe Nº 000364-2021-OAJ/INDECOPI, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 2 del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece que el personal de con fi anza se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente; Que, el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y modi fi catorias y el literal f) del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución Nº 000063-2021-PRE/INDECOPI, establecen como una de las funciones de la Gerencia General designar y remover al personal de la Institución; Que, mediante Memorándum Nº 000658-2021-GEG/ INDECOPI, la Gerencia General solicitó a la O fi cina de Recursos Humanos, la evaluación del señor Rony Jesús Arquiñego Paz, como candidato para el cargo de confi anza de Asesor de la Gerencia General (CAP 012); Que, mediante Informe Nº 000243-2021-ORH/ INDECOPI, la O fi cina de Recursos Humanos señala que, el señor Rony Jesús Arquiñego Paz, cumple con las competencias y méritos, así como los requisitos y/o atributos propios para ocupar el cargo de Asesor de Gerencia General; Que, mediante Informe Nº 000364-2021-OAJ/ INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que la Gerenta General se encuentra facultada para designar al Asesor de la Gerencia General; Que, en atención a lo expuesto, la Gerencia General considera pertinente proceder con la designación del señor Rony Jesús Arquiñego Paz en el puesto referido, de conformidad con el ordenamiento legal vigente; Que, el referido cargo se encuentra clasi fi cado como “empleado de con fi anza”, razón por la cual, la designación culminará con el retiro de la con fi anza otorgada; Con el visto de la O fi cina de Recursos Humanos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033 y modi fi catorias y el literal f) del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución Nº 063-2021-PRE/INDECOPI;SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Rony Jesús Arquiñego Paz en el cargo de Asesor de la Gerencia General (CAP 012), con efectividad al 8 de noviembre de 2021. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Recursos Humanos realizar las gestiones necesarias para la efi cacia de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILAGRITOS PILAR PASTOR PAREDES Gerenta General 2009002-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Aprueban la incorporación del segundo párrafo de la Cuarta Disposición Complementaria Final del “Reglamento del reconocimiento de grados y/o títulos otorgados en el extranjero”, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 099-2020-SUNEDU/CD RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 120-2021-SUNEDU/CD Lima, 8 de noviembre de 2021VISTOS:El Informe N° 090-2021-SUNEDU-02-15 de la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos; y, el Informe N° 794-2021-SUNEDU-03-06 de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, la Sunedu), como un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, de supervisar la calidad de dicho servicio, y fi scalizar si los recursos públicos y bene fi cios otorgados por ley a las universidades han sido destinados a fi nes educativos y al mejoramiento de la calidad; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 15.9 del artículo 15 de la Ley Universitaria, una de las funciones de la Sunedu es administrar el Registro Nacional de Grados y Títulos; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 099-2020-SUNEDU/CD, de fecha 11 de agosto de 2020, se aprueba el Reglamento del Reconocimiento de grados y/o títulos otorgados en el extranjero, con el objeto de regular los criterios, los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de grados y/o títulos con rango universitario, otorgados en el extranjero por universidades o instituciones de educación superior autorizadas para ello por la autoridad competente; Que, a mérito del numeral 14.4 del artículo 14 de esta norma, el grado y/o título emitido por una entidad de educación superior extranjera que provenga de un servicio educativo prestado en el territorio peruano sin tener licencia o autorización de la Sunedu no surte efectos en el Perú, es decir, no es reconocido; por ende, tampoco se inscribe en el Registro Nacional de Grados y Títulos;