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20 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de noviembre de 2021 El Peruano / Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.1 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 024-2021; asimismo, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 66 541 475,00 (SESENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco de lo establecido en el numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 024-2021, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; Q ue, de otro lado, mediante el Decreto Supremo N° 431-2020-EF se establecen los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para el Año Fiscal 2021, que se destinen al fi nanciamiento del gasto corriente, entre otros, en los Pliegos del Gobierno Nacional, en el marco de lo establecido en los numerales 50.1 y 50.2 del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, el numeral 50.2 del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, señala que los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, pueden modi fi carse mediante Decreto Supremo, previa evaluación del cumplimiento de las reglas fi scales; Que, la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, dispone, excepcionalmente, que los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos a los que se re fi ere el numeral 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, para el Año Fiscal 2021, son establecidos y se modi fi can conforme a lo dispuesto en los numerales 50.1 y 50.2 del mencionado artículo 50, salvo en lo referido a la consistencia y previa evaluación del cumplimiento de las reglas fi scales; asimismo, dispone que para el Año Fiscal 2021, dichos límites se establecen y modi fi can en consistencia con la proyección del gasto no fi nanciero establecido en el Marco Macroeconómico Multianual que esté vigente; Que, m ediante los O fi cios N°s 009 y 010-2021-DGPID/ JNE, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo del Jurado Nacional de Elecciones, solicita la modi fi cación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos, en gasto corriente, en el Pliego 031: Jurado Nacional de Elecciones, para fi nanciar los gastos preliminares de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, así como para poder continuar con las medidas de prevención contra el COVID-19 y para actividades de capacitación electoral dirigido a diversos actores políticos participantes en contiendas electorales; para cuyo efecto, mediante Memorando N° 497-2021-EF/50.03, la Dirección de Programación y Seguimiento Presupuestal de la Dirección General de Presupuesto Público ha veri fi cado el cumplimiento de la proyección del gasto no fi nanciero del año 2021, establecido en el Marco Macroeconómico Multianual vigente para el presente Año Fiscal; Que, p or tanto, corresponde modi fi car los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos establecidos en el Decreto Supremo N° 431-2020-EF, en el presupuesto institucional del Pliego 031: Jurado Nacional de Elecciones; De conformidad con lo establecido en los numerales 9.1 y 9.2 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 024-2021, Decreto de Urgencia para dinamizar la prestación de servicios e inversiones a cargo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y otras medidas, ante la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19; en el numeral 50.2 del artículo 50 y los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, en el Decreto Supremo Nº 431-2020-EF; DECRETA:Artículo 1. Autorización de Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas A utorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 72 271 790,00 (SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.1 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 024-2021, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 007 : Provías NacionalPROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del costo, tiempo e inseguridad en el sistema de transporte PRODUCTO 3000131 : Camino nacional con mantenimiento vial ACTIVIDAD 5006373 : Promoción, implementación y ejecución de actividades para la reactivación económica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios : 67 271 790,00 UNIDAD EJECUTORA 010 : Provías Descentralizado PROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte PRODUCTO 3000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5006373 : Promoción, Implementación y ejecución de actividades para la reactivación económica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 5 000 000,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 72 271 790,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 72 271 790,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 72 271 790,00 =========== Artículo 2. Autorización de Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021,