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28 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de noviembre de 2021 El Peruano / Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, de los efectivos policiales antes mencionados, del 10 al 14 de noviembre de 2021, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1. Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, de los Subo fi ciales de Primera de la Policía Nacional del Perú Fernando Guillén Villafuerte y Paúl Avilés García, del 10 al 14 de noviembre de 2021, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2. Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Subo fi ciales de Primera PNP Fernando Guillén Villafuerte y Paúl Avilés García Moneda Importe Días Personas Total Viáticos efectivos policiales US$ 370,00 32 2 220,00 Artículo 3. Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.AVELINO TRIFÓN GUILLÉN JÁUREGUI Ministro del Interior 2009475-1 Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0934-2021-IN Lima, 9 de noviembre de 2021VISTOS, el O fi cio N° 963-2021-SUBCOMGEN PNP/ DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 001574-2021/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 219-2020- JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Gregorio Rivera Nato, formulada por el Primer Juzgado Penal Colegiado de Huaral de la Corte Superior de Justicia de Huaura y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de violación sexual de menor de edad, en agravio de una menor con identidad reservada; y, dispuso su presentación por vía diplomática a la República Argentina, conforme al Tratado vigente y a la normativa interna aplicable al caso; Que, con mensajes de referencia EX 23697/19/UDI/G9/ sbp de fechas 20 de abril de 2021 y 19 de octubre de 2021, la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL - Buenos Aires, comunica a la O fi cina Central Nacional de INTERPOL - Lima, que ha sido autorizada la entrega a la República del Perú del ciudadano peruano Gregorio Rivera Nato, así como la aceptación de la propuesta para hacerse cargo del reclamado en la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, entre los días 11 y 16 de noviembre de 2021; Que, a través del Informe N° 499-2021-SCG PNP/ DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L- DEPICJE de fecha 25 de octubre de 2021, la O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima sustenta las designaciones del Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Carlos Alberto Aguilar Carrión y de la Subo fi cial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Emely Cenciore Miguel Del Pozo, para que viajen en comisión de servicio, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, a fi n de recibir, custodiar y trasladar a nuestro país, al ciudadano peruano Gregorio Rivera Nato; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 138-2021-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 28 de octubre de 2021, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado personal policial, del 11 al 16 de noviembre de 2021, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2017-IN, establece en su artículo 13 que “La O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes: (…) 7) Ejecutar las extradiciones activas y pasivas de ciudadanos nacionales o extranjeros, requeridos por la autoridad judicial nacional o extranjera y que se encuentren en territorio nacional o internacional, vía los canales y procedimientos diplomáticos correspondientes, en el marco de la legislación vigente y los Tratados de Extradición de los cuales el Perú es parte (…)”; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 027-2017-CE-PJ de fecha 18 de enero de 2017, se resolvió dejar sin efecto en forma parcial, a partir del 01 de marzo de 2017, la Resolución Administrativa Nº 202-2008-CE-PJ que aprueba la Directiva Nº 011-2008-CE-PJ “Procedimiento para el Traslado de Personas Requisitoriadas por Orden Judicial”; noti fi cándose al Ministerio del Interior - Policía Nacional del Perú, a efectos que asuman el íntegro de los gastos (pasajes y viáticos) que genere el traslado nacional e internacional de requisitoriados y de los efectivos policiales que están a cargo de dicho traslado, manteniéndose el apoyo económico y los procedimientos allí establecidos, en los casos de expedientes penales regidos bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940; especí fi ca y exclusivamente en los Distritos Judiciales donde aún no ha entrado en vigencia el Código Procesal Penal en la totalidad de delitos;